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Ayuda para pymes: SII dispone de opción para la devolución de crédito IVA

Se trata de una de las medidas tributarias transitorias incorporadas en el proyecto para fomentar la reactivación económica impulsado por el Gobierno y despachado en agosto por el Congreso, tras un intenso debate.

03 de Septiembre de 2020 | 10:46 | Redactado por Tomás Molina J., Emol
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El Mercurio
El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó esta mañana que ya está disponible en su página web la opción para que las empresas del régimen propyme y pyme transparente, afectadas por la pandemia, puedan solicitar el reembolso del remanente acumulado de crédito fiscal del IVA, generado por la adquisición de bienes o utilización de servicios entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2020.

Esta ayuda, parte del proyecto de medidas tributarias transitorias para fomentar la reactivación económica impulsado por el Gobierno y despachado del Congreso en agosto tras un intenso debate, beneficiará a un universo de cerca de 150 mil empresas, según estimaciones del SII.

De acuerdo con la ley publicada en el Diario Oficial el pasado 2 de septiembre, esta devolución está orientada a mipymes de buen comportamiento tributario, que hayan tenido una baja en sus ingresos de al menos un 30% entre el 1 de enero y 31 de mayo del presente año. Esto, comparado con el mismo periodo de 2019.

Además, entre otros requisitos para optar a aquello, las empresas deben registrar un remanente de IVA en su declaración de IVA de junio, generado por las operaciones durante el periodo mencionado, junto con presentar la declaración de IVA (F29) correspondiente al mes de agosto, que se presenta en septiembre.

"Adicionalmente deben tener sus declaraciones mensuales de IVA (formulario 29) presentadas en los últimos 36 periodos tributarios, no encontrarse en alguna de las causales del Art. 59 bis del Código Tributario ni tener deuda tributaria, salvo que estén cumpliendo convenio de pago con TGR", señaló el SII.

¿Cómo hacer la solicitud?

Para realizar la solicitud, los contribuyentes deben ingresar en el acceso disponible en sii.cl, en el que se realiza una revisión automática del cumplimiento de los requisitos. Luego se despliega un formulario que contiene el monto de remanente de IVA disponible, y en el que se debe ingresar el monto que desea solicitar, para luego confirmar la solicitud.

En un plazo máximo de 10 días hábiles, la Tesorería General de la República realizará el depósito en la cuenta bancaria que haya indicado el contribuyente. Dicha opción estará disponible hasta el 30 de septiembre de 2020.

La Ley también incorporó otros beneficios para las mipyme, tales como la ampliación a tres meses del plazo de postergación de IVA y la rebaja del impuesto de primera categoría y de pagos provisionales mensuales para pymes durante los años 2020, 2021 y 2022, los que entrarán en vigencia en los próximos meses.
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