Tal como lo había comprometido en su primera cuenta pública el Presidente Gabriel Boric, el Gobierno ingresó al Congreso una ley corta para regular el mercado del gas natural. Esto a propósito de las diversas infracciones detectadas por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en la industria.
"Los ministros de Energía y Economía han sido mandatados a presentar en el más breve plazo un proyecto de ley que establecerá tarifas para la distribución de gas natural, con mayores sanciones a empresas infractoras y compensaciones a consumidores. No permitiremos más abusos", manifestó el Mandatario durante su alocución en Valparaíso el 1 de junio pasado.
Y este martes la ministra Vocera de Gobierno, Camila Vallejo, lo refrendó al señalar que "esta semana se va a materializar el ingreso de la ley corta sobre gas natural", la cual será revisada en primera instancia por el Senado. Específicamente por la comisión de Energía y Minería del Senado, instancia presidida por Loreto Carvajal (PPD).
En su informe, el Ejecutivo plantea que el proyecto de ley, o Ley Corta de Gas Natural, permitirá eliminar el artículo 12 transitorio de la normativa actual. Dicho artículo fue el que permitió a Metrogas realizar la operación con su empresa relacionada con la que, según el informe publicado el año pasado por la FNE, se habrían generado alzas de hasta 20% en el precio del gas natural.
Cabe mencionar que el ente fiscalizador detectó a principios de octubre de 2021 que una excepción contenida en la última reforma a la Ley de Servicios de Gas, de junio de 2017, permitió a Metrogas, a través de Agesa, una empresa integrada verticalmente y no sujeta a regulación, aumentar el costo de la prestación de su servicio de distribución de gas natural.
Ello se tradujo, desde febrero de 2017, en un aumento de entre 13% y 20% en el precio del gas natural residencial pagado por los clientes de Metrogas, equivalentes a entre US$78 y US$87 millones anuales.
La iniciativa además apunta a "incorporar el cálculo de la rentabilidad del grupo económicamente integrado en caso de que la compraventa de gas a la empresa distribuidora sea realizada por empresas de su mismo grupo empresarial o por empresas relacionadas al momento de la publicación de la ley N°20.999".
De esta forma, el proyecto adecuará el límite de rentabilidad al bajar su límite máximo legal para aquellos activos que superen los 20 años de antigüedad. "Esto se traducirá en que algunas empresas de gas ajusten su política comercial para mantenerse en el nuevo límite máximo de rentabilidad", subraya el documento del Gobierno.
Según indican, hasta ahora opera una tasa de rentabilidad aceptada de 9% para siempre. Ahora, para los activos de más de 20 años de antigüedad, la tasa de rentabilidad se reducirá a 6%.
Asimismo, en los casos de término o modificaciones anticipada de los contratos vigentes, la Comisión Nacional de Energía (CNE) podrá seguir utilizando, para efectos del cálculo de rentabilidad, los contratos originales si la modificación o el nuevo contrato no es económicamente más eficiente que el contrato anterior.