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Comité de expertos fija tasas máximas para cobros de emisores de tarjetas: Transbank dice que "es positivo para sistema"

Los actores del mercado tienen un plazo de cinco días para objetar el proceso.

22 de Febrero de 2023 | 17:51 | Redactado por Tomás Molina J., Emol
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El Mercurio
El Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio fijó este martes las tasas máximas definitivas que deberán regir en Chile para los emisores de tarjetas de crédito, débito y prepago.

De acuerdo a lo resuelto, después de un período de transición de 18 meses, las tasas máximas de intercambio serán de 0,35% para las tarjetas de débito y de 0,80% para las de crédito y prepago.

El Comité encargado por el Ministerio de Hacienda dio un plazo a los incumbentes de 5 días hábiles para interponer recursos de reposición; si no los hubiere, la resolución quedaría en condiciones de ser publicada en el Diario Oficial y entrarían a regir los plazos indicados.

A esto reaccionó Transbank, asegurando que se trata de un "hito esperado y positivo para todo el ecosistema de pagos electrónicos en el país".

"Como uno de los seis adquirentes que operan en el país, para Transbank, la fijación de las tasas de intercambio resulta una buena noticia de política pública y de promoción de los pagos electrónicos, aunque cabe recordar no tiene incidencia alguna en sus ingresos", agregó en una declaración.

"Las tasas de intercambio corresponden a los ingresos que reciben los emisores de tarjetas (bancos, casas comerciales, etc.) por cada transacción realizada con dichas tarjetas, y son definiciones que realizan directamente las marcas de tarjetas que operan en el país", precisó.

"Transbank, al igual que cualquier otro adquirente, simplemente recauda del comercio la tasa de intercambio y la transfiere íntegra al emisor de la tarjeta utilizada, sin que dichos montos entren siquiera a su flujo financiero. Los ingresos para Transbank de cada operación de pago que se realiza a través de sus sistemas corresponden solo al margen adquirente", remarcó

"En este sentido, a Transbank -como a cualquier otro adquirente que opera en Chile- le corresponde simplemente implementar en sus operaciones las modificaciones de tasas que realicen las marcas internacionales a partir de las tasas máximas fijadas por el Comité, las cuales han sido dictadas por la autoridad competente mandatada por ley para tal efecto", indicó.

"La resolución de hoy, en todo caso, sí es importante para Transbank por otra razón. Con la dictación de las tasas de intercambio definitivas, se termina de consolidar la total migración al modelo de cuatro partes actualmente vigente en Chile, con todas las ventajas que el mismo ofrece a consumidores, comercios y competidores".

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