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Guía para entender y acceder a la nueva ley de conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Chile

Para optar por esta modalidad, los trabajadores deben validar su situación familiar y presentar una propuesta que combine trabajo presencial y a distancia. La normativa beneficiará a más de 360.000 personas.

05 de Febrero de 2024 | 12:09 | Por Natalia Munar | Portal Pyme
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El pasado lunes 29 de enero, entró en vigor la tan esperada Ley de Conciliación de la Vida Personal, Familiar y Laboral en Chile, una legislación que busca promover el trabajo decente a través de políticas públicas, con especial énfasis en la implementación del trabajo híbrido. La normativa beneficiará a 360.000 personas.

El Secretario Regional Ministerial de Trabajo, Rodrigo Leiva Caro, expresó su satisfacción por este avance en los derechos de los trabajadores, subrayando que esta ley responde a las necesidades recabadas a través del diálogo social.

Por su parte, el Seremi de Gobierno, Juan Guerra Hollstein, aseguró que esta ley busca equilibrar el trabajo y la familia, mejorando la calidad de vida de los trabajadores y promoviendo la corresponsabilidad en los cuidados.

Por lo mismo, acá en Portal Pyme recopilamos los aspectos más importantes para entender y acceder a la normativa.

¿Quiénes pueden tener acceso al teletrabajo?


Los trabajadores que podrán acceder a esta modalidad son aquellos que tengan a su cargo el cuidado de un niño menor de 14 años o de una persona con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada, sin importar la edad de la persona a cargo. Es importante destacar que estas labores de cuidado no deben ser remuneradas.

Trabajo híbrido y derecho al teletrabajo


La ley establece el derecho al trabajo a distancia o teletrabajo, permitiendo que los trabajadores realicen todo o parte de su jornada laboral desde sus hogares, siempre y cuando la naturaleza de sus funciones lo permita. Esta medida tiene como objetivo facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Derechos laborales para favorecer la conciliación familiar


La ley también reconoce derechos laborales dirigidos a favorecer la conciliación de la vida familiar. Por ejemplo, establece el derecho al uso preferente del feriado legal. Los trabajadores que tengan a su cuidado a un niño o niña menor de 14 años o a un adolescente menor de 18 años con discapacidad podrán solicitar el feriado legal durante el periodo de vacaciones establecido por el Ministerio de Educación.

Estas solicitudes serán analizadas de forma preferente en comparación con aquellas personas sin estas responsabilidades familiares.

Impacto en la brecha de género


La conciliación de la vida familiar y laboral servirá como una herramienta para equilibrar las brechas de género en el mercado laboral chileno, especialmente beneficiando a las mujeres que suelen enfrentar mayores niveles de informalidad y salarios más bajos en comparación con los hombres.

Principios incorporados en la ley


La nueva legislación incorpora principios fundamentales, como la parentalidad positiva, la corresponsabilidad social y la protección a la maternidad y paternidad. Estos principios buscan promover el cuidado, la educación y el sano desarrollo de los hijos, así como fomentar la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres.

¿Qué debe hacer el trabajador para acceder a teletrabajo?


Se debe validar la relación con un menor de 14 años a su cuidado, lo cual puede lograr de dos maneras: presentando el certificado de nacimiento que confirme la relación de padre o madre del menor; o mediante una resolución judicial de un tribunal que conceda el cuidado personal del menor.

En el caso de tener bajo su cuidado a una persona con discapacidad, es necesario exhibir un certificado de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad o el documento emitido por el Ministerio de Desarrollo Social, que certifique la calidad de cuidador o cuidadora.

Una vez completada esta etapa, el la persona debe formalizar su solicitud por escrito, adjuntando los documentos mencionados anteriormente. Además, deberá presentar una propuesta que incluya la combinación fija de tiempos de trabajo presencial en el establecimiento y fuera de él, con la posibilidad de distribuir estos tiempos de manera presencial y a distancia a lo largo de la jornada diaria o semanal, tal como lo estipula la normativa.
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