La Comisión para el Mercado Financiero (CMF), determinó que no se requiere que el acuerdo entre SQM y Codelco sea aprobado por una junta de accionistas, como lo pedía la empresa china Tinqui, dueña del 22,16% de la minera no metálica.
Y es que la compañía asiática no había quedado conforme con la alianza y había lanzado una serie de declaraciones criticándola y señalando que, debido a las características, debía pasar por los accionistas.
Así, la resolución de la CMF indica que "de la información tenida a la vista por esta Comisión, no resulta posible concluir que se verifiquen los supuestos legales contenidos en el el N°9 del artículo 67 de la Ley de Sociedades Anónimas".
"Lo anterior -dice el documento- en atención a que: no se enajena el 50% del activo de SQM; no existe plan de negocios que implique enajenar el 50% del activo de SQM; la Asociación no supone enajenación de activos de SQM Salar; al contrario, significa la incorporación de activos nuevos a su patrimonio; y no existe enajenación de acciones, ya que SQM no transfiere las acciones en SQM Salar que detentaba con anterioridad a la fusión".
En esa línea, afirma que "esta Comisión estima que no corresponde que una Junta Extraordinaria de Accionistas de SQM se pronuncie sobre el denominado Acuerdo de Asociación, de modo que dicha operación debe ser analizada y resuelta por el Directorio de SQM".
"Lo anterior -dice, por último- sin perjuicio del derecho de los accionistas, de corresponder, a perseguir las responsabilidades de los directores de conformidad a las reglas generales, en caso de ocasionarse perjuicios a la sociedad y a los accionistas. De esta manera, no es posible para este Servicio acceder a lo solicitado en su presentación".
Cabe destacar que Tianqui -hace unas semanas- dejó abierta la posibilidad de recurrir a la justicia, con el objetivo de que el acuerdo se apruebe pasando por los términos que ellos sugieren.