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Sistema frontal: DT insta a empresas a ofrecer teletrabajo y recalca que no pueden sancionar a quienes no concurran

La entidad explicó que los trabajadores de las zonas afectadas que no puedan asistir a sus labores o lo hagan con retraso, no pueden sufrir despidos, represalias ni descuentos en sus remuneraciones.

02 de Agosto de 2024 | 12:37 | Por Martín Garretón, Emol.
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Caída de árbol en calle Trinidad con Punta Arenas comuna de La Florida durante el sistema frontal en la Región Metropolitana.

ATON CHILE
La Dirección del Trabajo (DT) realizó un llamado a las empresas ante los desastres que ha dejado la situación climática en la Región Metropolitana, productos de los fuertes vientos y lluvias.

Primero, instó a los empleadores de las regiones afectadas por el sistema frontal a "disponer todas las medidas necesarias para proteger la vida y salud de sus trabajadores incluyendo la alternativa de ofrecer teletrabajo cuando sea factible".

Junto con ello, el director nacional, Pablo Zenteno, explicó que los trabajadores de las zonas afectadas que no puedan concurrir a sus labores o lo hagan con retraso no pueden sufrir despidos, represalias ni descuentos remuneracionales.


En ese sentido, consignó que la suspensión de clases por causa del sistema frontal abre la posibilidad para que los empleadores ofrezcan la alternativa de teletrabajo a trabajadores que tengan a su cargo al menos a un niño o niña menor de 12 años.

"La ley ha hecho recaer en el empleador la responsabilidad de evitar la ocurrencia de accidentes en el trabajo debiendo tomar todas las medidas necesarias para ello, lo que se torna urgente y perentorio considerando la magnitud del sistema frontal que afecta a la zona central y sur del país", remarcó Zenteno.

Asimismo, el directo nacional de la DT recordó que estas medidas "pueden llegar incluso a la decisión de suspender las labores cuando haya riesgo inminente de situaciones que causen accidentes graves o fatales".

En tanto, en los casos donde sea posible continuar las labores, explicó que el empleador debe mantener una evaluación permanente de la situación para tomar las decisiones acordes con el curso de los acontecimientos.

Por eso, la DT dio cuenta que el empleador debe preocuparse, por ejemplo, que en las instalaciones estén debidamente protegidas todas las partes móviles, transmisiones y punto de operación de maquinarias y equipos, que las instalaciones eléctricas del lugar de trabajo se encuentren en buen estado y sin riesgo de sufrir cortocircuitos y que también exista la señalización necesaria en las zonas de peligro.

¿Sanciones?

El director del Trabajo se refirió también a la situación de los trabajadores que no puedan concurrir a sus centros de labores, sea porque están en situación de damnificados o porque cortes en los trayectos lo impidan o les hagan llegar con atrasos.

Al respecto, Zenteno mencionó que la causal de fuerza mayor, en este caso por el sistema frontal que afecta a vastas zonas del país, impide a los empleadores despedir o descontar remuneraciones a trabajadores y que las denuncias serán resueltas caso a caso.

Denuncias y multas

Los trabajadores que necesiten hacer denuncias por incumplimientos de sus empleadores debido al sistema frontal pueden hacerlo a la casilla de correo electrónico dtfrentemaltiempo@dt.gob.cl.

Acerca de las multas que pueden recaer en los empleadores, estas pueden fluctuar entre las 3 UMT ($197.703) y las 60 UTM (3.954.060) dependiendo del número de trabajadores de la empresa sancionada.

Con todo la DT recordó que los centros de trabajo afectados por la interrupción del suministro de agua potable "no pueden seguir funcionando hasta que dicho servicio sea repuesto".
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