El fiscal de Ancud, Jorge Raddatz, declaró que éste "es uno de los casos más impactantes que me ha tocado llevar".
Fiscalía de Chile.
SANTIAGO.- El Tribunal Oral en lo Penal de Castro sentenció a 13 años de privación de libertad a un hombre acusado de violar a su hija con parálisis cerebral, entre octubre y noviembre de 2013.
"En este caso pedimos el rango máximo que establece la ley estableciendo que en este caso existe una agravante de responsabilidad penal que había sido alegada por el ministerio Público de abuso de confianza, lo cual efectivamente hizo que el Tribunal estableciera la pena dentro rango máximo que establece la ley, en este caso, 13 años", explicó el fiscal de Ancud, Jorge Raddatz.
En esa línea, añadió que "desde ese punto de vista estamos conforme con la aceptación de la agravante que la Fiscalía había pedido y además que se consideró que en este caso no correspondía aplicar una colaboración sustancial como atenuante, ya que la Fiscalía consideró que el imputado no había contribuido en nada a la investigación".
Asimismo, el representante del ministerio Público en Ancud, reconoció que "éste es uno de los casos más impactantes que me ha tocado llevar, no sólo porque el imputado era su padre, no sólo porque la embarazó, sino por las circunstancias especiales que tenía la víctima".
Se trata de una menor de edad que desde su nacimiento ha tenido parálisis cerebral y que, de acuerdo a peritos que la examinaron, presenta un deterioro mental severo y que no puede valerse por sí misma.
De acuerdo al Tribunal, el hecho ocurrió cuando el padre de la menor aprovechaba momentos en que se encontraba al cuidado de ella mientras la madre estaba ausente. A raíz de la agresión sexual, la menor quedó embarazada, por lo cual, "estos hechos constituyen el delito consumado de violación, en contexto de violencia intrafamiliar".
Además de la sanción de 13 años de presidio mayor en su grado medio, el hombre no podrá ejercer la guarda de la menor ni ser oído como pariente en los casos que la ley designa y quedará sujeto a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal. Asimismo, fue condenado a la pena de diez años de inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.