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¿Fueron ilegales las detenciones que hicieron "Los Vengadores"?: Los expertos estiman que no

Fabricio Ruiz de Gamboa y Juan Luis Dupré, ambos de 20 años, operaban desde hace cuatro meses realizando diversos arrestos de antisociales en la Región Metropolitana, de los cuales dijeron no estar arrepentidos.

03 de Diciembre de 2016 | 17:00 | Por Francisco Águila V., Emol
SANTIAGO.- Dieron que hablar con su arresto. Se hacían llamar "Los Vengadores" y disfrazaban de efectivos de la PDI, pero no para cometer delitos como es habitual, sino que para ayudar a las víctimas de los delincuentes.

Fabricio Ruiz de Gamboa y Juan Luis Dupré, ambos de 20 años, operaban desde hace cuatro meses a la fecha realizando diversos arrestos de antisociales que, posteriormente, eran entregados a Carabineros o a verdaderos miembros de la PDI, algo de lo que –aseguraron- no estar arrepentidos, tras ser detenidos ellos por el delito de usurpación de funciones.

Pero, ¿fueron legales las aprehensiones que ellos realizaron antes de ser descubiertos por los verdaderos policías?

Para los abogados expertos en Derecho Penal, Eduardo Riquelme, Ramón Sepúlveda, Claudio Arrepol y Claudio Sepúlveda, no sería así.


"En este caso, en el fondo se trata de una detención civil, esto es la facultad que tiene cualquier persona que no sea miembro de las fuerzas de seguridad, para cuando en presencia de un delito flagrante, detener a los que lo están cometiendo con el propósito de ponerlos a disposición de la policía en el plazo más breve posible", sostiene Riquelme.

Respecto del hecho de que se hayan hecho pasar por efectivos policiales, a juicio del profesional "mientras la entrega haya sido inmediata, no creo que tenga mayores consecuencias salvo que tenga como propósito el facilitar la detención, para que los delincuentes sorprendidos infraganti ofrecieran menor resistencia al momento de ser detenidos, pero si es que las personas que se hacían por personal de Investigaciones los hubieran trasladado a algún lugar o a su hogar para requerir mayores antecedentes, ese hecho hubiera constituido el delito de secuestro".

Arriesgarían 61 días de presidio


Por su parte el jurista Ramón Sepúlveda explicó que "lo primero que se debe tener en cuenta en este caso son los delitos que potencialmente se cometieron, ya que un tema distinto es la detención de una persona en situación de flagrancia, es decir cuando se está cometiendo actualmente un delito".

De acuerdo a su apreciación, en estos casos "lo relevante no son las detenciones, sino que estos imputados lo hicieron suplantando el cargo de oficial de la Policía de Investigaciones, lo que se agrava aún más para el caso de manejar ilegalmente algún tipo de arma de fuego".

"En este caso 'Los Vengadores', arriesgan una pena de 61 días a 3 años que es el marco legal, sin embargo por tener irreprochable conducta anterior la pena en concreto si los condenan por estos delitos, sería el mínimo, para lo cual se debe probar que fingieron ser parte de la policía de investigaciones y que realizaron actos propios del cargo, como realizar detenciones exhibiendo las placas de la PDI. Podría sumarse además alguna falsificación de instrumento públicos por las identificaciones", añade.


Respecto de la legalidad de sus detenciones, según explicó, éstas "no son delito en sí, toda vez que si bien nuestro sistema prescribe que ninguna persona sea detenida sino por orden de un funcionario expresamente facultado para ello, como son los tribunales de justicia, se hace una excepción para el caso de un delito flagrante, que es la situación de estar cometiendo actualmente un delito, dando la posibilidad a cualquier persona para detener en un caso como el comentado".

En este sentido, coincide con Riquelme en que "lo relevante es que esta detención, que permite nuestro sistema que lo haga cualquier persona, tiene como sólo objetivo que sea puedo a disposición de la autoridad competente, existiendo además un plazo de 12 horas para informar al fiscal de turno y de 24 horas para ser puesto a disposición de un juez de Garantía que controle la detención".

Los artículos del Código Penal sobre detención ciudadana


De acuerdo a los datos policiales, "Los Vengadores" operaban sobre la base de la flagrancia de los delitos, es decir, sorprender a los antisociales justo cuando cometían los delitos.

Los abogados Claudio Arrepol y Claudio Sepúlveda explican que "el tema de la flagrancia está relacionada con la libertad de las personas y los casos en que ellas pueden ser detenidas de manera legal".

"Por expresa disposición del Artículo 125 del Código Procesal Penal, ninguna persona podrá ser detenida sino por orden de funcionario público expresamente facultado por Ley y después que esa orden le fuera intimada de manera legal, a menos que fuera sorprendida en delito flagrante y, en este último caso con el único objeto de ser conducido a la presencia judicial en el plazo legal".

Los profesionales añaden que "el artículo 130, del mismo cuerpo legal, contiene todos los casos en que se entiende que existe un delito flagrante, cinco en total, que son de interpretación restrictiva. En ese mismo artículo se emplea la fórmula 'tiempo inmediato' que, se entiende como 'todo aquel que transcurra entre la comisión del hecho y la captura del imputado, siempre que no hubieren transcurrido más de doce horas'".

"Por último, el Artículo 129, en su inciso primero, del mismo código, regula la llamada ‘detención ciudadana’, que sólo opera en casos de flagrancia. De este modo, la detención ciudadana también puede practicarse pero dentro del límite legal de las doce horas, para los casos ya indicados. Ya sea una detención por flagrancia que practique la policía o por un ciudadano, siempre debe enmarcarse en los estrictos límites de la norma precitada y si así no ocurriere, esa detención podría ser calificada de ilegal que, entre otras consecuencias, podría permitir la exclusión de ciertos medios de prueba", explican.
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