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Las claves de la promulgada ley que limita la reelección de autoridades: Restringe a 96 alcaldes y 50 parlamentarios

La iniciativa, que estuvo 14 años en discusión en el Congreso, establece un límite a la reelección de diputados, senadores, alcaldes, concejales y consejeros regionales.

03 de Julio de 2020 | 21:07 | Redactado por B. Osses, Emol
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SANTIAGO.- "Contribuye al perfeccionamiento de nuestra democracia, porque permite facilitar una mayor renovación en los cargos de elección popular; permite una mayor igualdad de oportunidades para que todos los ciudadanos puedan postular a los cargos de elección popular. Y tercero, porque interpreta y da una respuesta a una amplia y profunda demanda de los ciudadanos por mayor renovación, por mayor participación y transparencia en nuestra democracia".

Con esas palabras, durante la tarde de este viernes y a pocas horas de que venciera el plazo para ello, el Presidente Sebastián Piñera finalmente promulgó la ley que establece un límite a la reelección para diputados, senadores, alcaldes, concejales y consejeros regionales.

En detalle, el proyecto despachado a ley señala que los diputados podrán ser reelegidos sucesivamente en el cargo hasta por dos períodos; mientras que los senadores podrán ser reelegidos sucesivamente en el cargo por un período.

Asimismo, los consejeros regionales -cuyo período es de 4 años- podrán ser reelectos sucesivamente en el cargo hasta por dos períodos, mientras que los alcaldes y concejales podrán ser reelectos hasta por los dos períodos siguientes y sucesivos.

Así, el texto precisa que para determinar el límite a la reelección que se aplica a los gobernadores y consejeros regionales, alcaldes y concejales, se considerará que han ejercido su cargo durante un período cuando hayan cumplido más de la mitad de su mandato.

En detalle, la iniciativa, que estuvo 14 años en discusión en el Congreso, hará que 38 diputados y 13 senadores no puedan postular a estos mismos cargos en los próximos comicios, ya que al momento del despacho se estableció que la norma regirá "in actum".

Normativa limita la repostulación de 96 alcaldes

En tanto, según lo señalado anteriormente, la cifra más alta recae sobre los jefes comunales, puesto que muchos de ellos han permanecido décadas en sus puestos, al postularse continuamente a la reelección.

En detalle, en total son 96 los alcaldes que quedarán fuera. En ese sentido, cabe recordar que la promulgación de la iniciativa, despechada a ley desde el Congreso Nacional hace un mes, se llevó a cabo pese a las voces del oficialismo que solicitaron al Gobierno vetar la medida.

Ahora bien, entre los casos de ediles "emblemáticos" que se verán restringidos a postular que se encuentra el alcalde de El Bosque, Sadi Melo (PS), quien está en el cargo desde su creación, en 1990; Sixto García (RN), en Camiña -región de Tarapacá-, pues se encuentra en ejercicio desde su primer periodo (26 de septiembre de 1992); mientras que la situación de Johnny Carrasco (PS) es similar, pues desde 1992 a la fecha, ha ejercido como alcalde de esa comuna.

Asimismo, en la comuna de Coínco, en la región de O'Higgins, el alcalde Gregorio Valenzuela (RN) ejerce desde 1994, mientras que en Vitacura, el alcalde Raúl Torrealba (RN) también forma parte de los emblemáticos que verá limitada su reelección, pues se mantiene en el cargo de 1996.

Finalmente, a la lista se suman casos como el alcalde de la comuna de San Joaquín, Sergio Echeverría (PPD); en la comuna de La Cisterna, Santiago Rebolledo (PPD), y en Viña del Mar, Virginia Reginato (UDI). Todos ellos, en sus cargos desde 2004, completando 16 años. En tanto, el alcalde de Estación Central, Rodrigo Delgado (UDI) tampoco podrá ir a la reelección, pues en este periodo completa las 2 que permite la normativa.
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