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Corte de Santiago rechaza recurso de vecinos de Plaza Baquedano por daños tras el 18-O

El tribunal de alzada descartó un actuar arbitrario o ilegal de parte de la policía o el Gobierno al no poder impedir los destrozos causados en el sector a raíz del estallido social.

13 de Julio de 2020 | 13:51 | Por T. Cerna, Emol.
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Aton.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado por vecinos del sector de Plaza Baquedano en contra del Gobierno y policías por un supuesto actuar negligente al no controlar los incidentes registrados durante el estallido social.

El recurso se presentó en nombre de los residentes del "Edificio Torre 13", quienes acusaron haber estado constantemente expuestos a graves manifestaciones, marchas y gases tóxicos, además de rotura de mobiliario del edificio, como cámaras de seguridad y portones de acceso.

"Tampoco se advierte arbitrariedad, por cuanto no ha sido el capricho el motivo por el cual se ha visto afectado el orden público, sino el hecho que en un movimiento social de naturaleza masivo, delincuentes han conseguido aprovechar las circunstancias, para perpetrar diversos ilícitos contra la propiedad pública y privada"

Corte de Santiago
Sin embargo, y en fallo unánime, la Séptima Sala del tribunal de alzada descartó actuar arbitrario o ilegal por pare del Estado o Carabineros al no lograr impedir los daños causados tras el 18 de octubre del año pasado.
Ante el caso, el tribunal de alzada indicó que, para acogerse el recurso, se debe constatar "la existencia de una omisión ilegal o arbitraria que impida, amague o perturbe el ejercicio de un derecho preexistente e indiscutido".

Considerando aquello, añadió, "no se vislumbra ilegalidad alguna en el caso en análisis, pues el actuar de los recurridos, que exige coordinación entre las policías y las decisiones de las autoridades, existió, habiéndose hecho uso, además, de todos los medios y personal disponibles", aunque estos fueron "inútil" al momento de evitar los destrozos.

"Tampoco se advierte arbitrariedad, por cuanto no ha sido el capricho el motivo por el cual se ha visto afectado el orden público, sino el hecho que en un movimiento social de naturaleza masivo, delincuentes han conseguido aprovechar las circunstancias, para perpetrar diversos ilícitos contra la propiedad pública y privada", acotó la Corte.

En esa línea, la Sala señaló como posible conclusión que la molestia de los vecinos tiene que ver con "la inidoneidad e ineficiencia de las políticas sectoriales aplicadas para controlar y reducir el fenómeno delictivo", pero que la evaluación, elaboración y corrección de estas corresponde a otro poder del Estado.
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