El Diario Oficial publicó este viernes la actualización del protocolo que regula el uso de escopetas antidisturbios en el marco del mantenimiento del orden público, el cual detalla los requisitos para que Carabineros empleé el armamento no letal.
Entre estos se encuentra el uso de cámaras corporales, una certificación especial y el evitar apuntar al rostro o torso de las personas.
La nueva regulación fue gatillada por los hechos ocurridos tras el estallido social de octubre del año pasado, entre estos lesiones oculares a decenas de personas que se encontraba en la vía pública. La situación llegó en más de una oportunidad a tribunales, mediante la presentación de recursos a lo largo de todo el país.
Instituciones acusaron un "uso indiscriminado" y ya en noviembre el general director de la policía, Mario Rozas, informaba sobre un uso más acotado de las escopetas, asegurando que a esta se recurrirá en "situaciones de real peligro para nuestros carabineros, ciudadanos y cuando exista amenaza inminente para la propiedad pública o privada".
Parte de ello quedó plasmado en la actualización del protocolo, donde se indica que "el empleo de la escopeta antidisturbios será preferentemente defensivo, sobre todo para aquellos casos en que se persiga evitar o repeler agresiones contra la integridad física de manifestantes, otras personas o Carabineros o sus cuarteles, especialmente si ésas se efectúan con armas de fuego".
Se dice además que el uso "deberá ser consecuencia de una aplicación necesaria, legal, proporcional y progresiva de los medios, cuando el efecto de otros elementos menos lesivos, tales como agua, gases y otros resulten o puedan resultan insuficientes".
Y que "todo el personal que emplee escopeta antidisturbios deberá contar con una videocámara corporal, debiendo entregar sus registros al finalizar su servicio para su resguardo y archivo", debiéndose usar esta arma solo por el personal certificado para ello.
"El empleo de la escopeta antidisturbios será preferentemente defensivo, sobre todo para aquellos casos en que se persiga evitar o repeler agresiones contra la integridad física de manifestantes, otras personas o Carabineros o sus cuarteles, especialmente si ésas se efectúan con armas de fuego".
Actualización de protocolo
El uso, continúa el documento, será intentando causar el menor perjuicio posible, por lo que se "deberá por todos los medios posibles, evitar apuntar su disparo al rostro, a la cabeza o al torso por sobre la parte baja del abdomen, al igual que apuntar a una superficie para impactar por rebote, salvo que la gravedad de la acción y la necesidad de inmediatez de su actuar no lo permita".
La actualización finaliza indicando que en caso de haber ocasionado lesiones, se deberá trasladar al afectado "se procederá lo antes posible a prestar asistencia al afectado", dejando constancia en el parte policial respectivo o al Mando, y adoptando "el procedimiento policial correspondiente, incluyendo, si procediere, la detención del causante de las lesiones, haciendo la respectiva lectura de derechos".