La Corte de Apelaciones de Temuco dispuso hoy la prisión preventiva de Martín Pradenas, formalizado por violación y abuso sexual contra cinco mujeres en la región de La Araucanía, tras estimarlo un peligro para la seguridad de la sociedad.
Con ello, el tribunal de alzada acogió la petición del Ministerio Público y dejó sin efecto la resolución dictada esta semana por el juez de Garantía, Federico Gutierrez, quien decretó el arresto domiciliario total del imputado, además de su arraigo y la prohibición de acercarse a las víctimas.
"Teniendo en vista la necesidad de cautela (...) debe tenerse en cuenta el carácter de los delitos por los cuales se ha formalizado al imputado, cuyas penas (...) no puede ser, en caso de condena, objeto de pena sustitutiva atendido el número y naturaleza de los delitos cometidos contra los derechos humanos de la mujer, que permiten concluir que la libertad del imputado es peligrosa para la seguridad de la sociedad y también para las víctimas", sostuvo el ministro Alejandro Vera.
Este martes la fiscalía de La Araucanía le imputó al hombre de 28 años una serie de delitos sexuales contra cinco jóvenes de entre 13 y 21 años al momento de los hechos. Entre estos se encuentra el caso de Antonia Barra, la estudiante que en octubre del año pasado se quitó la vida tras asegurar a cercanos haber sido violada por el indagado en una cabaña a la que llegó tras asistir a una discoteca en Pucón.
Sin embargo, los casos fueron siendo desestimados de una u otra forma ante el tribunal de Garantía, que terminó por declarar la prescripción de los abusos que habrían ocurrido en 2010 y 2014 contra jóvenes de entonces 16 y 19, respectivamente. Así también, se indicó que en base a los antecedentes expuestos, solo se puede dar hoy por acreditada la violación contra Antonia, quedando así dos abusos y una violación contra tres mujeres sin sustento suficiente.
Sin embargo, hoy la Corte opinó distinto. Considerando el contexto de los delitos, lo dispuesto por la convención Belén do Pará que aborda dicho tipo de ilícitos, y los antecedentes recopilados, se indicó que en esta etapa procesal "se han entregado elementos que permiten justificar los hechos" respecto los cuales no se dispuso prescripción.
Ello, indicó el magistrado Vera, "teniendo en especial consideración la declaración de las víctimas (...) existiendo en todos los casos una sindicación directa e inmediata respecto el imputado Pradenas. Testimonios que fueron objeto de pericias, cuyas conclusiones dan cuenta de sus coherencias y fiabilidad, encontrándose además corroborados por otras declaraciones aportadas por testigos y pruebas aportadas por el ente persecutor".
Además, el tribunal consideró que "se han entregado elementos que dan cuenta de elementos típicos de los elementos investigados y por los cuales se formalizó, que permiten presumir la existencia y participación del imputado en los cuatro delitos, todos los cuales comparten elementos comunes, relativos a la forma de comisión que se repite en todos los casos y respecto víctimas que no se encontraban en condiciones de consentir en actos de significación sexual y menos aún oponer resistencia de las agresiones ejercidas por el imputado Pradenas".
"La sola ebriedad o consumo de sustancias tóxicas no puede considerarse como un consentimiento anticipado para sostener una relación de connotación sexual. Tal condición disminuye, y por el contrario, afecta y limita la capacidad".
Corte de Temuco.
"En cada uno de los casos se han dado indicios del comportamiento del imputado respecto las victimas, siendo coincidentes los relatos de las mismas y de los testigos, recordando que la sola ebriedad o consumo de sustancias tóxicas no puede considerarse como un consentimiento anticipado para sostener una relación de connotación sexual. Tal condición disminuye, y por el contrario, afecta y limita la capacidad volitiva de la víctima", sostuvo el magistrado.
Vera dijo además que el contexto en que se llevaron a cabo las diversas agresiones sexuales "son encuadrables dentro del fenómeno de violencia de género, cuyo concepto obliga a esta Corte a ampliar el análisis a su procedencia en nuestra legislación nacional".
Lo resuelto el martes gatilló una serie de manifestaciones a lo largo de todo el país. En distintas ciudades se exigió justicia para la joven, además de la intensificación de las medidas cautelares del único imputado.
La situación fue tal que el Ministerio Público debió disponer de una serie de medidas cautelares para testigos, el juez Gutierrez y la familia de Pradenas. Ello, luego que los primeros acusaran hostigamiento, se publicara en redes sociales la dirección del domicilio del magistrado, y el padre del indagado denunciara haber recibido amenazas vía Whatsapp.