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Servel abre inscripciones para hacer propaganda y financiar campañas para el Plebiscito: Plazo vence este lunes

Los interesados deberán indicar si participaran en forma individual o integrando un comando. Asimismo, deberán comunicar las opciones que apoyarán.

28 de Agosto de 2020 | 14:20 | Por Felipe Vargas, Emol
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Aton.
El Servicio Electoral (Servel) anunció este viernes la apertura de los registros para la inscripción de los partidos políticos, parlamentarios independientes y organizaciones de la sociedad civil que busquen participar de la propaganda del Plebiscito.

El proceso, que es parte de la reforma que regula el financiamiento y la propaganda para las elecciones aprobado recientemente, contempla un plazo de tres días para la inscripción de quienes deseen recibir aportes para llevar a cabo su campaña.

A la hora de realizar el trámite, los interesados deberán indicar si participaran en forma individual o integrando un comando. Asimismo, deberán comunicar las opciones que apoyarán, ya sea el Apruebo o el Rechazo.

Para aportar a las campañas, los ciudadanos deberán hacerlo a través de los partidos políticos, parlamentarios independientes y organizaciones de la sociedad civil que se inscriban en el registro dispuesto en la web del Servel.

Las agrupaciones que no tengan personalidad jurídica deberán completar el registro dispuesto en la misma página y acompañar una nómina de los integrantes de la organización. La entidad proveerá una nómina modelo para tales efectos.

En cuanto a la formación de los comandos, desde el organismo indicaron que "en el caso de que dos o más partidos políticos, parlamentarios independientes u organizaciones decidan formar un comando, deberán presentar declaración manifestando su voluntad al mismo momento de solicitar su inscripción".

"Al igual que la participación en forma individual, a los partidos y parlamentarios no se les exigirá más formalidad que la suscripción y aceptación del formulario dispuesto en el sitio web del servicio, mediante declaración jurada simple", añadieron.

A su vez, indicaron que "en el caso que el comando comprenda organizaciones de la sociedad civil, tratándose de organizaciones con personalidad jurídica, deberá suscribirse por el representante legal o apoderado de la organización respectiva”.

Cómo se recaudan los aportes de campaña

En cuanto a los aportes, desde la institución advirtió que "sólo podrán efectuar aportes a las campañas las personas naturales y los partidos políticos legalmente constituidos. En ningún caso las personas jurídicas podrán efectuar aportes".

"Asimismo, se encuentra prohibido los aportes de campaña provenientes de personas naturales o jurídicas extranjeras, con excepción de los efectuados por extranjeros habilitados legalmente para ejercer el derecho a sufragio en Chile", añadieron.

En cuanto al límite de los aportes, recordaron que "una persona podrá aportar hasta un máximo de 500 UF a los partidos políticos y organizaciones de la sociedad civil. Tratándose de un parlamentario independiente, el monto máximo será de 60 UF".

El Servel destacó además que "por regla general todos los aportes serán públicos, salvo los aportes menores a 40 UF, los cuales se guardará reserva de la identidad del aportante. No obstante, todos los aportes deberán informarse".

Sobre el gasto total que se podrá realizar en las campañas, detallaron que el límite individual para cada colectividad se determinará aplicando la proporción de votación obtenida en la última elección de diputados incluidos los independientes asociados.

"Los partidos políticos que no hubieren participado en ella tendrán el mismo límite que le corresponda al partido que hubiere obtenido la menor cantidad de sufragios", enfatizaron, junto con recalcar que "en el caso de las organizaciones de la sociedad civil, el límite del gasto electoral, por cada opción plebiscitada, será el que resulte de multiplicar 0,0003 unidades de fomento por el número de electores habilitados a la fecha de convocatoria a plebiscito".

Finalmente, en el caso de los parlamentarios independientes, el límite del gasto electoral por cada opción plebiscitada "será el equivalente al fijado para el partido político con menor límite de gasto autorizado por el Servicio Electoral".
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