EMOLTV

Retiro del 10%: Poder Judicial dispuso retención de $308 mil millones por deudas de pensiones alimenticias

La ministra Gloria Ana Chevesich informó además que en 13 mil causas no se alcanzó a impedir el pago, ya sea por solicitudes ingresadas tarde o porque las AFP dispusieron la entrega pese a la notificación del tribunal respectivo.

08 de Septiembre de 2020 | 12:32 | Por T. Cerna, Emol.
imagen
Aton.
La ministra vocera de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, informó hoy sobre el estado del proceso de retención del 10% de los fondos previsionales por conceptos de deudas de alimentos. Entre lo detallado se encuentra la retención de $307.876.504.313.

La ministra explicó que entre el 25 de julio y el 31 de agosto se recibieron 516.777 escritos de retención de fondos, equivalentes al 1.828% de un año normal, en el mismo período de tiempo. Por ello, se decretó un total de 326.000 medidas cautelares respecto 236.800 posibles deudores.

"Lo obrado por el Poder Judicial constituye una hazaña, pues, la mayor parte de las solicitudes se recibió en los primeros días de entrada en vigencia de la ley", sostuvo la magistrada en una vocería por videoconferencia.

En esa línea, manifestó que al 26 de agosto se mantenían 326 mil medidas cautelares vigentes, debiéndose llevar a cabo rectificaciones en 15.000 casos, lo que representa un 5% del total. Precisó que la retención de fondos sin orden judicial que algunas AFP realizaron en base a un listado enviado por el Poder Judicial que "solo buscaba proteger a las partes demandantes, en concreto, retardar el pago del 10%".

"Esto es que no se efectuara dentro de los primeros 10 días que la ley señalaba, pues a las personas que en el figuraban los podía afectar una resolución que dispusiera la retención, por lo tanto, tenía una carácter preventivo", precisó.

Y agregó: "Todo proceso digital y masivo genera inconvenientes, los hemos detectado y aplicado todo nuestro esfuerzo para resolverlos lo más rápido posible; entre ellos, el congelamiento de los fondos de demandantes o de personas que no tienen causas de alimentos, lo que lamentamos profundamente y, como dije, estamos trabajando para solucionarlos".

En 13 mil causas no se alcanzó a retener fondos


De las 326.000 causas que tienen medida cautelar vigente, 217.000 (67%) tienen montos retenidos; en 87.000 (27%) no se han presentado solicitudes de retiro; en 13 mil causas (4%) no se alcanzó a retener y en 8.800 (3%), los deudores no tenían fondos en sus cuentas previsionales.

Abordando las 13 mil causas donde no se alcanzó a detener la entrega de fondos, la ministra explicó las causas: "6.800 solicitudes fueron presentadas por las partes demandantes a partir del sábado 8 de agosto en adelante; es decir, cerca del vencimiento de los días hábiles que las AFP tenían para pagar, y como es de público conocimiento, varias comenzaron a pagar apenas iniciado dicho plazo".

"Lamentablemente, los legisladores no consideraron el efecto que la reforma constitucional generaría en el Poder Judicial"

Ministra Gloria Ana Chevesich
Así también, continuó, "5.600 son causas en que el pago a los afiliados se efectuó antes del martes 11 de agosto, que corresponde al octavo día hábil contado desde que entró en vigencia la ley, y 600 son causas en que el tribunal notificó a las AFP dos o más días antes del pago al afiliado, y este igual se verificó".

En estos casos, precisó, se mantiene la medida cautelar a fin de llevar a cabo el proceso con la segunda parte del pago del 10% en aquellos casos que proceda.

"Con todo, se debe recordar que los tribunales no son solo receptores de las solicitudes de retención de fondos; pues debieron, como en todas sus actuaciones, revisar los antecedentes y dictar la respectiva resolución (...) el Poder Judicial creó un sistema para procesar el incremento masivo de solicitudes con todos los recursos que tenía a su alcance, sin contar con holgura presupuestaria para hacerlo; y fueron sus equipos humanos los que trabajaron incansablemente para resolver esta contingencia", acotó.

Y agregó: "Lamentablemente, los legisladores no consideraron el efecto que la reforma constitucional generaría en el Poder Judicial. Esto es, el explosivo aumento de solicitudes que debía tramitar, para lo que, además, debía establecer comunicaciones expeditas con las otras instituciones involucradas, para, así, dar una respuesta oportuna y eficaz a todos los interesados en el proceso. Aun así, nuestra función se cumplió exitosamente. Estamos satisfechos y tranquilos de lo que se realizó".

600Casos se llevó a cabo pago pese a notificación de tribunal respectivo.
Ahora se deberán llevar a cabo los procesos de liquidación de deuda, considerándose además que se pueden realizar objeciones en tribunales, lo que retrasaría la entrega de fondos.

"Pedimos paciencia. Cada liquidación es un trabajo delicado que debe hacerse cumpliendo la normativa legal y además respetando el debido proceso. Es un proceso largo y no hay sistema masivo de tramitación, pues no solo es necesario poner la liquidación en conocimiento de la parte demandada, sino también de la parte demandante, pues ambas puede objetarla, lo que significa que pueda pasar tiempo antes que el monto esté afinado", puntualizó la vocera.

Chevesich cerró indicando que en aquellos casos que el proceso se lleva a cabo sin objeciones se podría lleva a cabo la entrega de fondos en al menos un mes más.
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?