EMOLTV

Secretario de la Cámara considera que acusación a Mañalich se presentó dentro del plazo: Defensa podría apelar

El representante de la Corporación, Miguel Landeros, aseguró que si el ex ministro insiste en lo contrario -tal como lo planteó la UDI- puede señalarlo en la cuestión previa y será la Sala la que resolverá.

30 de Septiembre de 2020 | 12:31 | Por Verónica Marín, Emol
imagen

El secretario se presentó ante la sesión de la comisión.

Aton
A juicio del secretario General de la Cámara de Diputados, Miguel Landeros, la acusación en contra del ex ministro de Salud, Jaime Mañalich se presentó dentro del plazo que exige la Ley.

Así lo señaló esta mañana al exponer frente a la comisión encargada de revisar el libelo, tras ser citado por el presidente de la instancia, Iván Flores (DC), luego de que la bancada de la UDI hiciera un reclamo cuestionando los tiempos en que ingresó el documento.

Eso porque la acusación impulsada por la diputada Claudia Mix (Comunes) y respaldada por la oposición, se hizo llegar a la Cámara -al domicilio del secretario quien es ministro de fe- el domingo 13 de septiembre, justo cuando se cumplían los 90 días que establece la Constitución para ejercer estas acciones. Sin embargo, se dio cuenta en la Sala en la sesión inmediatamente después, el martes 15.

Así el gremialismo apunta a que la Ley Orgánica de la institución y el reglamento señala que "se dará por presentada cuando se dé cuenta de ella en la Sala". Ante eso, a juicio de Landeros la norma constitucional no puede estar supeditada a los días de sesión de Sala.

"Los requisitos de número, de oportunidad y causales por las cuales se pueden presentar una acusación, están establecidas en la Constitución Política de la República (...) La Ley Orgánica Constitucional (LOC) por su parte dice que las acusaciones se tendrán por presentada desde el momento en que se dé cuenta de ella en la Cámara de Diputados lo que deberá hacerse en la sesión más próxima que ésta celebre", indicó.

El secretario General explicó que, por ejemplo, con la Constitución del 1925 esto hubiese quedado supeditado a cuando el Presidente de la República citara a las sesiones o el Congreso hubiera tenido mayoría para autoconvocarse, por lo que los plazos podrían "haberse manejado".

"Cuando uno piensa que el plazo de los tres meses si fuera regulado por la LOC no sería de tres meses, dependería de la oportunidad en que el ministro de Estado presente la renuncia. Porque un ministro de Estado que renuncie atendido las sesiones de la Cámara, en noviembre, no tendríamos tres meses para presentarla, sino que tendríamos solamente los meses de diciembre y enero porque en febrero por reglamento existe el feriado legislativo", indicó.

Landeros subrayó que la Corporación actual, en sus 30 años, ha sido "prudente" y "conservadora" cuando algo así ocurrido y se obliga a citar de inmediato para no vulnerar derechos fundamentales que se ponen en juego, ya que uno de los aspectos de la acusación es que el imputado queda con arraigo nacional desde que esta se presenta.

"Si la defensa estima pertinente deducirlo , se tendrá que debatir por la Cámara, no obstante que nosotros estimamos que el plazo es el correcto. Pero es un derecho de la defensa que esta Cámara no puede obviar"

Secretario de la Cámara
De todos modos, explicó que la mesa de la Corporación no tiene la facultad para declarar la improcedencia de un libelo, por lo que si la defensa considera lo contrario podrá apelar al momento de discutir la cuestión previa (antes de entrar al fondo del debate) y será el Pleno el que determine si acoge o no su argumento.

"Si la defensa estima pertinente deducirlo , se tendrá que debatir por la Cámara, no obstante que nosotros estimamos que el plazo es el correcto. Pero es un derecho de la defensa que esta Cámara no puede obviar y tendrá que debatirlo si es que se plantea", concluyó.
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?