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Fideicomiso ciego: Contraloría oficia a CMF y Gobierno afirma que permitirá "desmentir las falsas informaciones"

La Presidencia de la República valoró la acción del organismo y dijo que permitirá "ratificar el pleno y permanente cumplimiento por parte del Presidente de la Ley".

25 de Marzo de 2021 | 19:24 | Por J. Peña, Emol
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El Mercurio/Imagen referencial
La Contraloría General de la República informó esta tarde, a través de un comunicado, que ofició a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y a tres administradoras de fondos de inversión para fiscalizar el cumplimiento de las normas que regulan el mandato especial de administración de cartera de valores.

Lo anterior, tras un requerimiento de diputados de oposición en cuanto a las normas que regulan el mandato de fideicomiso ciego realizado por el Presidente Sebastián Piñera.

"La Presidencia de la República valora las acciones anunciadas por la Contraloría, debido a que es la mejor manera de aclarar las dudas, desmentir las falsas informaciones y ratificar el pleno y permanente cumplimiento por parte del Presidente de la Ley 20.880"

Presidencia de la República
"La Contraloría General de la República informa que, en el ejercicio de las facultades legales que le confiere el inciso segundo del artículo 47 de la ley N° 20.880, sobre probidad de la función pública y prevención de los conflictos de intereses, ha oficiado a la Comisión para el Mercado Financiero y a tres administradoras de fondos de inversión, con el objeto de fiscalizar el cumplimiento de las normas que regulan el mandato especial de administración de cartera de valores (fideicomiso ciego)", informó.

Tras ello, la Presidencia de la República valoró la acción del órgano de control y dijo que permitirá "ratificar el pleno y permanente cumplimiento por parte del Presidente de la Ley".

"La Contraloría informa que ha oficiado a la Comisión para el Mercado Financiero y a tres administradoras de fondos de inversión, con el objeto de fiscalizar el cumplimiento de las normas que regulan el mandato especial de administración de cartera de valores"

Contraloría
"Ante el anuncio de la Contraloría General de la República, relativo a que solicitará información respecto del cumplimiento de las normas que regulan el mandato de Fideicomiso Ciego realizado por el Presidente Sebastián Piñera, la Presidencia de la República valora las acciones anunciadas por la Contraloría, debido a que es la mejor manera de aclarar las dudas, desmentir las falsas informaciones y ratificar el pleno y permanente cumplimiento por parte del Presidente de la Ley 20.880, sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses", señaló.

La Contraloría solicitó la información a la CMF y a tres administradoras de fondos de inversión, tras el requerimiento presentado por los diputados de la FRVS Jaime Mulet y Esteban Velásquez, luego de que el Gobierno enviara el Decreto 77 que modifica el reglamento para la tramitación y otorgamiento de permisos de operación de casinos de juego, aprobado por el decreto supremo N°1.722, de 2015, del Ministerio de Hacienda, el pasado 28 de enero de 2021.

Decreto 77

Este agregó un artículo tercero transitorio, nuevo, del siguiente tenor: "Artículo tercero transitorio.- Sin perjuicio de los plazos establecidos en el literal b) del artículo 47, antes del vencimiento de la prórroga concedida por la Superintendencia (de Casinos), en virtud de lo dispuesto en dicho literal, respecto de aquellas sociedades operadoras que se hubieren adjudicado un permiso de operación durante el año 2018 y en los casos en que el plazo para el desarrollo del proyecto integral o su prórroga se encuentre vigente, sin que dichas sociedades hayan dado cumplimiento a las actividades correspondientes, la Superintendencia podrá extender la respectiva prórroga otorgada para la ejecución de las obras, previa solicitud de las sociedades operadoras, sólo por una vez y por razones fundadas, por un periodo que no exceda de 6 meses, tratándose del cumplimiento de las obras de inicio de operación del casino de juego propiamente tal, y por el mismo período para el cumplimiento de las demás obras o instalaciones que comprenda el proyecto integral".

Agrega que "en caso de que una sociedad operadora hubiere solicitado la prórroga señalada en el presente artículo, pero luego de expirado el plazo, no hubiere dado cumplimiento a las actividades correspondientes, la Superintendencia deberá iniciar el proceso de revocación del respectivo permiso de operación de acuerdo a lo dispuesto en el literal c) del artículo 47, y hacer efectivas las garantías, determinándose que se deberá traspasar la totalidad de sus respectivos montos al Servicio de Tesorerías con un recargo de un 10%, que la sociedad operadora deberá enterar a dicha entidad dentro de un plazo de 30 días, contados desde que se encuentre firme la resolución señalada en el artículo 34 de la ley. Durante el tiempo en que dure la prórroga señalada en este artículo, las sociedades operadoras deberán mantener vigente la garantía a que se refieren los literales j) y k) del artículo 20 de la ley 19.995, renovándola oportunamente conforme a lo dispuesto en el artículo 46 del presente reglamento"

Toma de razón


En febrero pasado, la Contraloría informó que "ha dado curso al decreto individualizado en el rubro, que modifica el reglamento para la tramitación y otorgamiento de permisos de operación de casinos de juego, aprobado por el decreto supremo N° 1.722, de 2015, del Ministerio de Hacienda, por cuanto se ajusta a derecho".

"Sin perjuicio de lo anterior, se ha estimado necesario señalar que la posibilidad de extensión de prórroga a la que se refiere el nuevo artículo tercero transitorio que se incorpora al mencionado reglamento, es de carácter excepcional y solo tiene lugar por razones fundadas en las extraordinarias circunstancias sanitarias en las que se encuentra el país como consecuencia del brote del COVID -19, las que han configurado una situación de caso fortuito", añadió.
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