El comité de
senadores de la UDI presentó un proyecto de reforma constitucional para que
la Cámara de Diputados pueda revocar las pensiones de gracia otorgadas por el Presidente de la República, a requerimiento de una cuarta parte de los diputados en ejercicio, en caso de que los beneficiarios tengan antecedentes penales o sean condenados por un crimen o delito.
El tema saltó a la palestra tras el otorgamiento de pensiones de gracia vitalicias por parte del Gobierno a personas afectadas en el contexto de las manifestaciones del 18-O. Y si bien el Gobierno ingresó indicaciones para modificar la legislación, se ha generado polémica porque éstas no permiten revocar a medida a quienes cometieron delitos.
Ante ello, los senadores de la UDI ingresaron un proyecto de reforma constitucional que otorga una nueva competencia a la Cámara de Diputados para revocar las pensiones de gracia otorgadas por el Ejecutivo en los casos que indica.
La presidenta de la comisión de Constitución del Senado, Luz Ebensperger (UDI), dijo que si bien "uno puede reconocer la facultad del Presidente como está establecido en la Constitución y en la ley, de otorgar pensiones de gracia, pero esto tiene requisitos, tanto de procedimientos. como de condiciones que deben cumplir los eventuales beneficiarios y respetar. Cosa grave que hemos conocido en los últimos días, donde condenados por delitos durante el estallido del 2019 reciben pensión de gracia. No es una buena señal. Frente a eso, presentamos una reforma constitucional que modifica esa facultad (...) y paralelamente, otro proyecto que modifica la ley para establecer un procedimiento a seguir en estos casos".
Según el texto al que tuvo acceso Emol, se busca que la Cámara, órgano encargado de fiscalizar los actos del Gobierno, pueda "revocar las pensiones de gracia otorgadas por el Presidente de la República, a requerimiento de una cuarta parte de los diputados en ejercicio, cuando fueren otorgadas fuera de los casos en que la ley autoriza, con infracción grave a las normas de procedimiento o respecto de quien, al momento de su otorgamiento, tuviere antecedentes penales vigentes o fuere posteriormente condenado por crimen o simple delito".
El subjefe del comité de senadores UDI, David Sandoval, explicó que "la inspiración de esta moción nace en corregir un ámbito que es absolutamente impresentable. Chile es el único país que está otorgando pensiones de gracia por la omisión, por la debilidad de la norma a personas que han sido condenadas por graves delitos, incluso asesinatos. Esto hay que corregirlo porque las pensiones de gracia, son un beneficioso que se otorga a quienes han prestado servicios destacados a nuestro país. Además, es con los recursos y aportes de todos los chilenos. Es una vergüenza estar en esta condición y hay que corregirlo"
En la misma línea, el jefe del comité UDI, Gustavo Sanhueza, consideró que "el Ejecutivo tiene que ser consecuente con las declaraciones del último tiempo, cuando se han conocido públicamente los antecedentes de las personas que se les otorgó la pensión de gracia, porque uno al analizar las situaciones se da cuenta que se desvían de los conceptos originales, que son más bien razones humanitarias y no políticas. Con respecto a las votaciones, hay una primera buena disposición a poder avanzar en un proyecto de este tipo porque, además, la ciudadanía adhiere".
Procedimiento de revocación
La reforma entrará en vigencia cuando se publique en el Diario Oficial la reforma a la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional que establezca el procedimiento para el ejercicio de esta potestad. Para ello, lo senadores presentaron una segunda iniciativa que modifica tal legislación.
Así, se establece que la solicitud de revocación del beneficio, "deberá ser patrocinada por una cuarta parte de los diputados en ejercicio y una vez que se de cuenta por la Secretaría se notificará, de la forma más expedita, al interesado y al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, quienes tendrán diez días corridos para informar por escrito, si quisieren. El informe no obsta a la facultad de la comisión para citarlos a que comparezcan personalmente y a cualquier otra persona u organismo de interés para el estudio del asunto".
Y se agrega que "la solicitud podrá referirse a uno o más beneficiarios, deberá indicar la causal para su revocación y contener los fundamentos y antecedentes que la respaldan, así como la designación de un diputado representante ante la comisión o, si quisieren, de un abogado que haga sus veces".
Además, la solicitud deberá ser analizada por la Comisión de Gobierno Interior de la Cámara, en un plazo de 30 días hábiles. Evacuado el informe por la instancia, será sometido a votación única e individual respecto de cada beneficiario en Sala. De ser acogida la solicitud de revocación, será notificada al ex beneficiario y al Ejecutivo, "para efectos de su cumplimiento y suspensión de pago en forma inmediata".