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Justicia ordena al Servicio de Salud indemnizar a paciente que quedó parapléjico por negligencia médica

Según el fallo, se estableció la falta de servicio en la intervención quirúrgica que fue practicada por un becario sin supervisión del médico titular. Se ordenó pagar $130.000.000 al paciente.

31 de Julio de 2024 | 13:16 | Redactado por B.Olivares Nieto, Emol
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El Tercer Juzgado Civil de Concepción acogió la demanda de perjuicios y condenó al Servicio de Salud de esa ciudad a pagar una indemnización de $130.000.000 por daño moral, a un paciente que en agosto de 2021 se sometió a una intervención quirúrgica negligente, que le provocó una paraplejía.

En el fallo, la magistrada Paula Fredes Monsalve estableció la falta de servicio de la demandada en la intervención quirúrgica, denominada endoprotesia AO torácica más chimenea subclavia izquierda, que fue practicada por un becario sin supervisión del médico titular.

El fallo enfatiza que "la doctrina reseñada en el considerando que antecede, aparece que los hematonas intradurales son graves, y su progreso es en minutos a horas, por lo que requieren drenaje quirúrgico inmediato".

Estableció además que mientras el paciente estaba en la UCI, "por buena evolución y en proceso de alta médica", se le retiró el catéter posterior. Por ello "a lo cual el paciente evoluciona con dolor y paraparasia, en contexto de hematoma intradural, lesión que se produjo (...)".

Así "se suspende el alta, y pese al cuadro grave que se gatilló al momento de retirar el catéter en contexto de alta del paciente, solo se efectuó la laminectoma de urgencia L2, L3, L4, el día 11 de agosto de 2021".

La resolución consignó que "no se brindó al paciente una atención médica adecuada por el personal del hospital Grant Benavente de Concepción, toda vez que, desde el momento en surge el hematoma intradural (10 de octubre de 2021) (...) hasta que se adoptó la decisión de intervenirlo nuevamente el 11 de octubre de 2021 a las 23:10 pm, trascurrió una brecha de tiempo excesiva".

"Esta presunción tiene, a juicio del tribunal, caracteres de gravedad y precisión suficiente para formar convencimiento, entonces, acerca del actuar negligente del personal del Servicio demandado, como quiera que, de haber empleado una diligencia ordinaria y normal conforme a la lex artis, hubiesen tratado oportunamente la patología que afectaba al paciente", estableció el fallo.

"Se puede dar por establecido que la conducta negligente del demandado ocasionó una afección permanente en la salud del actor lo que acarre incluso pasar de ser un hombre con capacidad laboral", añadió.
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