SANTIAGO.- El Banco Central oficializó en el Diario Oficial la serie de modificaciones adoptadas al Compendio de Normas de Cambios Internacionales relativas a la supresión de la presentación de los Informes de Importación, Exportación y de Variación del Valor de la Declaración de Exportación que regirán a partir del 1 de marzo, según el acuerdo publicado el 10 de febrero.
De esta manera, el Consejo del Banco Central resolvió dejar de ejercer la facultad señalada en el artículo 45 de su Ley Orgánica Constitucional que le permite fiscalizar que el valor de los bienes y servicios que se exporten e importen corresponda a aquel que corrientemente tienen los mismos en el mercado internacional.
Esta labor será asumida desde el 1 de marzo próximo por el Servicio Nacional de Aduanas, con lo cual se evitará la actual duplicación de trámite ante las dos instituciones y facilitará de modo importante las gestiones que realizan los exportadores e importadores.
Estas modificaciones se enmarcan dentro de la política de liberalización gradual de las operaciones de cambios internacionales, que está llevando a cabo el Banco Central.