SANTIAGO.- El 16 por ciento de las exportaciones de Chile a Estados Unidos, equivalentes a US$539,4 millones, gozarán nuevamente de preferencias arancelarias para ingresar a ese mercado, entregadas a través del Sistema Generalizado de Preferencias, SGP.
Según lo informó la página por Internet del Gobierno, la renovación de este mecanismo se incluyó en la llamada Acta de Comercio 2002, que fue firmada por el Presidente George W. Bush el pasado 6 de agosto, que también incorporó la Autorización de Promoción Comercial, TPA.
El SGP es una herramienta creada por Estados Unidos en 1976, junto a 19 países industrializados, con el objetivo de promover el crecimiento de las economías en desarrollo a través de la eliminación transitoria del arancel para algunas importaciones.
Algunos de los productos que Chile exporta a Estados Unidos han sido tradicionalmente beneficiados por este sistema que se caracteriza por su unilateralidad, lo que implica que puede ser modificado y/o concluido cuando ese país lo estime conveniente.
De ahí que uno de los objetivos que Chile tiene en las negociaciones comerciales que se están desarrollando con Estados Unidos es transformar en permanentes estos beneficios de manera de entregar certeza a los exportadores chilenos sobre las condiciones en que pueden vender sus productos en ese país.
La renovación del SGP se hará con efecto retroactivo, ya que había expirado el 30 de septiembre de 2001, y se prolongará por un período de 5 años, hasta el 31 de diciembre de 2006.
Los principales productos chilenos que se benefician con este sistema son: Metanol; cobre refinado; puertas de madera; madera contrachapada; semillas vegetales; renio; porcelana; uniones de carpintería para construcciones; carbonato de litio; algunos tipos de neumáticos; jugos de fruta concentrados; ácido bórico; molibdato de socio y manzanas deshidratadas, entre otros.
La Embajada de Chile en Estados Unidos informó que el Servicio de Aduanas de ese país ya instruyó al Sistema Comercial Automatizado de Aduanas para recibir las importaciones de mercaderías que se benefician con el SGP.
Los plazos y procedimientos para obtener la restitución retroactiva de derechos, incluyen una serie de mecanismos que los importadores deben adoptar, siguiendo como condición inicial un máximo de 180 días a contar del 6 de agosto para presentar sus respectivas solicitudes al Servicio de Aduanas.
Del mismo modo, deben utilizar el Indicador Especial de Programa "A", para identificar que se acogen al SGP. Se concedió un plazo de 12 semanas a partir del 6 de agosto para restituir los derechos a los importadores y si no reciben las devoluciones de fondos solicitadas, se les recomienda contactar al Servicio de Aduanas de los respectivos puertos de entrada de sus mercaderías.
Para quienes no siguieron los pasos anteriores, podrán presentar ante Aduanas del puerto de entrada de sus mercaderías una solicitud indicando la restitución de los derechos pagados, para lo que cuentan con un plazo que vence el 2 de febrero de 2003.