LIMA.- El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) aceptó la posición peruana de que antes de proceder a un arbitraje deben agotarse las conversaciones entre estados sobre la controversia con la empresa chilena Lucchetti, dijo el Gobierno.
"Es una buena noticia para el Perú porque finalmente dieron la razón al Gobierno peruano", declaró el jueves el vicepresidente, Raúl Diez Canseco.
"Las cosas se están poniendo en orden", comentó a los reporteros.
La Cancillería afirmó en un comunicado que la Secretaría del CIADI, con sede en Washington, registró "con reservas" la solicitud de arbitraje presentada por Lucchetti.
"El CIADI indicó que dicho registro se efectuaba a condición que si al momento de constituirse su tribunal de arbitraje aún se encontrase en trámite el proceso entre Perú y Chile (...), se recomendaría al tribunal del CIADI suspender el caso hasta que concluya el procedimiento Estado-Estado", señaló.
Lucchetti presentó en diciembre al CIADI una solicitud de arbitraje, esgrimiendo la existencia de un Convenio de Protección Recíproca de Inversiones, suscrito por Perú y Chile, y afirmando que fue objeto de discriminación al ser obligada a clausurar su fábrica de pastas por encontrarse en una zona ecológica protegida en Lima.
El Gobierno peruano dijo que el convenio no es aplicable al Caso Lucchetti por cuanto fue suscrito después de que surgieran los problemas entre la empresa chilena y la Municipalidad limeña.
Perú ha invitado al Gobierno chileno a sostener conversaciones diplomáticas para dirimir si el convenio es aplicable o no al Caso Lucchetti, procedimiento contemplado en el artículo 9 del convenio.
La Cancillería precisó que si Chile no acepta realizar estas consultas, Perú podrá remitir la controversia a un tribunal arbitral, cuya decisión sería definitiva y obligaría a ambas partes.
"En virtud de lo anterior, el CIADI aceptó la posición sostenida por la Cancillería peruana en el sentido de que no es viable que se realicen dos procedimientos arbitrales en simultáneo, pues ello pondría en riesgo la seguridad jurídica misma que el sistema promueve", dijo.
La Cancillería divulgó la notificación enviada por el CIADI a Lucchetti y al Estado peruano, que consigna un párrafo en el que se señala lo siguiente:
"La República del Perú ha invocado el artículo 9 del TBI (tratado) Chile-Perú. A este respecto cabe indicar que de encontrarse en trámite dicho procedimiento, solicitaremos al Tribunal de Arbitraje que se constituya y considere si el procedimiento debe suspenderse en tanto se concluya el procedimiento Estado-Estado".