SANTIAGO.- Luego que Reebok decidiera pagar US$ 25 millones en reembolsos a los consumidores en Estados Unidos, tras ser acusada de usar publicidad engañosa respecto a las zapatillas tonificantes, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) decidió presentar una denuncia a la Justicia considerando que estos productos también se venden en Chile.
La Comisión Federal de Comercio (FTC) de EE.UU., informó que el acuerdo prohíbe a Reebok efectuar declaraciones no comprobables respecto a que las zapatillas EasyTone y RunTone fortalecen y tonifican los músculos de las piernas y los glúteos.
En Chile, también se publicitan estas zapatillas, especialmente en la web, con la promesa de mejoras físicas, por lo que el servicio decidió entablar la acción legal considerando que lo que ha ocurrido en Estados Unidos es un precedente para corroborar que existe publicidad engañosa por una promesa no comprobable.
Para el director del SERNAC, Juan Antonio Peribonio, la Ley del Consumidor es clara y las empresas no pueden llegar y prometer sin tener pruebas de que lo que se ofrece es real. La publicidad debe ser verdadera, comprobable y nunca inducir a error o engaño a los consumidores.
Si una empresa promete que un producto permite bajar de peso, tonificar o mejorar la salud, debe poder comprobarlo pues “los consumidores compran un producto confiando en las promesas de las empresas y es inaceptable que se juegue con esa confianza”, señala la autoridad.
Peribonio subraya que las acciones judiciales buscan ser una señal para todas las empresas pues es necesario elevar el estándar en materia de publicidad con las mismas exigencias que existen en otros países pues “los consumidores chilenos merecen la misma protección”. Indica que ello es especialmente relevante considerando que en este tipo de compras los consumidores sólo tienen la publicidad para comparar, mientras las empresas cuentan con la información de las características reales de sus productos.
En este caso la empresa arriesga multas que pueden llegar hasta las 750 UTM (cerca de $28 millones) y el juez podrá determinar incluso la suspensión de las emisiones publicitarias.
El SERNAC analizará otras marcas que puedan estar haciendo publicidad similar y tomará las acciones que correspondan.