VALPARAÍSO.- La creación de un Sernac Financiero está más cerca de concretarse, luego que la Sala del Senado aprobara por amplia mayoría las normas que regirán a la entidad que velará por los derechos de los consumidores en materias financieras.
Si bien la Cámara Alta ya había aprobado en general la iniciativa durante esta sesión, se procedió a votar en particular el articulado, quedando en condiciones de ser remitido a la Cámara de Diputados para que cumpla su tercer trámite.
En lo fundamental, el proyecto tiene por objeto dotar de mayores atribuciones y competencias al Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) en materias de servicios financieros, en especial respecto de la información que el sector financiero debe entregar a los consumidores.
También reconoce a los consumidores el derecho a poner término anticipado a uno o más servicios financieros, por su propia voluntad; prohíbe las "ventas atadas" de productos o servicios financieros; crea el Sello Sernac, mediante el cual se certificará el cumplimiento de los contratos de adhesión de servicios y productos financieros; y crea un sistema imparcial de Defensor del Cliente encargado de resolver las controversias, quejas o reclamaciones, entre otras medidas.
Durante la sesión se aceptaron por unanimidad todas las normas que habían sido aprobadas previamente por las Comisiones Unidas de Economía y de Hacienda y luego se realizaron siete votaciones distintas, respecto de artículos que habían sido aprobados por mayoría en las citadas instancias.
De este modo, se aprobó con 14 votos a favor y 13 en contra, una norma que establece el derecho de los consumidores a "ser informado por escrito de las razones del rechazo a la contratación del servicio financiero, las que deberán fundarse en condiciones objetivas".
En forma unánime se aprobó una norma que señala que los contratos de adhesión de servicios crediticios o de cualquier producto financiero, deberán especificar una serie de aspectos para facilitar su entendimiento y transparencia, entre los que se cuentan "las causales que darán lugar al término anticipado del contrato por parte del prestador, el plazo razonable en que se hará efectivo dicho término y el medio por el cual se comunicará al consumidor".