SANTIAGO.- Los abogados defensores del proyecto HidroAysén acusaron a los recurrentes de utilizar el recurso de protección como mecanismo para impedir la ejecución del proyecto y no como instrumento de garantía jurídica.
"En este proceso se han manipulado los recursos y la apelaciones. En su momento el recurso se interpuso por una razón y los alegatos y la apelación se basaron en otra", dijo el abogado de HidroAysén, Mario Galindo, ante la Corte Suprema.
En tanto, el representante de Transmisiones Hidroeléctricas de Aysén, Raúl Tavolari, criticó que los detractores se mostraran en contra de la opción de la empresa de contestar a las cuestiones planteadas por el SEIA y, de este modo, resolver todas las cuestiones subsanables del estudio.
"Lo que no se toleró por parte de los recurrentes es que se diera la posibilidad a la empresa de responder y peor aun que la empresa respondiera", sostuvo.
Tavolari reiteró que lo solicitado en el recurso de protección fue una cosa y en la apelación otra; en particular, señaló que "la incompetencia del órgano evaluador nunca fue un argumento sostenido en el recurso de protección".
Respecto a uno de los argumentos planteados por los recurrentes, relativo al vaciamiento de los lagos interglaciares consecuencia de las represas, Tavolari indicó que en el caso del lago Arco, esto no se produciría, ya que "no está sostenido por un glaciar".
Y sobre el supuesto peligro para la vida e integridad física de las personas que vivan cerca de las represas, el abogado afirmó que "éstas están diseñadas para soportar tres veces más de lo contemplado en el peor de los escenarios".
Otro de los fundamentos expresados por los recurrentes es lo referente a la afectación ecológica del parque nacional Laguna de San Rafael, a lo que Tavolari respondió argumentando que la superficie afectada no es relevante.
"Del total de las 1.850.000 hectáreas que ocupa el parque, tan sólo se verán afectadas 18,8, por lo que no se puede decir que se afecte al equilibrio ecológico, ni que redunde en la calidad de vida de las personas", indicó.
Según el letrado, el hecho de fraccionar el proyecto no es motivo para impugnar todo el EIA, "ya que en ningún caso la empresa pretendió eludir la fiscalización de los efectos en su conjunto".