VALPARAÍSO.- La Cámara de Diputados aprobó esta mañana, con 95 votos a favor, el proyecto que regula el plazo de vigencia de las tarjetas de prepago de las empresas.
El texto, que modifica la Ley 19.496, sobre protección de los derechos de los consumidores, establece que los proveedores de servicios de telefonía móvil de prepago deberán informar al público el plazo dispuesto para la utilización de la capacidad predeterminada de servicio contratado.
El proyecto añade que el referido plazo de vigencia no podrá ser inferior a un año, sin perjuicio que éste pueda vencer en forma anticipada por el uso total y efectivo del servicio.
Por último, se establece que la infracción a esta normativa se sancionará con una multa de hasta 150 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir, casi $6 millones (al valor de abril).
En la moción, presentada en junio de 2011 por los diputados Alfonso De Urresti (PS), Ramón Farías (PPD), Gustavo Hasbún (UDI), Tucapel Jiménez (PPD), Juan Carlos Latorre (DC), Fernando Meza (PRSD), José Miguel Ortiz (DC), Ricardo Rincón (DC), Alejandra Sepúlveda (PRI) y Felipe Ward (UDI), se señala que el marco regulatorio vigente no contempla ninguna norma destinada a regular el plazo de vigencia fijado por las empresas de telefonía móvil, otorgándoles absoluta libertad para fijarlo según sus propios criterios económicos.
El documento agrega que el establecimiento de plazos de caducidad de los minutos no constituye, por sí solo, un hecho reprochable, pero sí lo es el enriquecimiento ilícito en que incurrirían las compañías al percibir por anticipado el pago de tarifas de telefonía móvil cuyo uso ve limitado el cliente por la caducidad de los minutos asignados.
El proyecto fue enviado al Senado, a cumplir su segundo trámite constitucional.