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Caso Curauma: SVS sanciona a corredoras de bolsa BCI y CHG por infracción a reglamentos

La entidad fiscalizadora constató la realización de transacciones con los títulos de Curauma que son reñidas a la normativa aplicable a los intermediarios de valores.

22 de Junio de 2012 | 12:29 | Emol
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Manuel Herrera, El Mercurio (Archivo)

SANTIAGO.- La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), resolvió aplicar sanciones contra BCI Corredores de Bolsa y CHG Corredores de Bolsa, tras haber constatado la realización de transacciones de acciones de Curauma S.A.


A través de un comunicado, la SVS explicó que en uso de sus facultades de fiscalización y debido al sostenido aumento del precio de la acción Curauma en el período antes mencionado, "inició un proceso administrativo a fin de determinar eventuales infracciones a la normativa vigente aplicable a los intermediarios de valores".


Tras la investigación se pudo determinar que la venta de las acciones Curauma se realizó previo acuerdo por parte de los operadores de CHG Corredores con BCI Corredores, en el sentido de que este último adquiriera las acciones en la Bolsa Electrónica de Chile a CHG, para ser traspasadas a la Bolsa de Comercio de Santiago, siendo adquiridas en ésta por CHG Corredores en calidad de operador directo de IM Trust.


De esta forma, la SVS concluyó que la forma de estructurar las operaciones "facilitó la concreción de las mismas y da cuenta que en ellas no se generaron las condiciones mínimas destinadas a que el calce de ofertas de compra y venta respondiera a criterios de mercado mediante la libre participación de las fuerzas de oferta y demanda en la correspondiente rueda".  


Las multas alcanzan las 500 UF en el caso de BCI Corredores y 1.000 UF para CHG y fueron fijadas en virtud de lo establecido en el artículo 28 de la Ley Orgánica de la SVS. 


De este modo, la SVS ha tenido en consideración que la actuación de CHG Corredores reviste mayor gravedad que la de la corredora que actuó como contraparte en las transacciones reprochadas, en tanto fue ella quien motivó la concertación señalada con el objeto de acceder a la Bolsa de Comercio de Santiago, teniendo pleno conocimiento, además, de que algunas de las acciones encargadas vender en dicha plaza bursátil serían adquiridas por ella misma actuando como operador directo.


Las multas deberán ser pagadas en la Tesorería General de la República - de acuerdo a lo establecido en el Art. 30 del DL Nº 3.538-, dentro del plazo de diez días de la notificación legal.


No obstante lo anterior, "los sancionados podrán presentar ante la SVS un recurso de reposición administrativa dentro de un plazo de 5 días hábiles desde su notificación".


De igual forma, "podrán presentar un recurso de reclamación de multa o de su monto ante el Juzgado Civil correspondiente, previa consignación del 25% de la multa en la Tesorería General de la República, dentro de los 10 días hábiles desde la notificación de la Resolución sancionatoria".

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