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Diputados aprueban veto presidencial a proyecto que deja salario mínimo en $193 mil

La iniciativa del Ejecutivo fue ratificada con 51 votos a favor, 32 en contra y 1 abstención, debiendo ser analizada ahora por el Senado.

18 de Julio de 2012 | 16:33 | Emol
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La Segunda (Archivo).

VALPARAÍSO.- La Cámara de Diputados aprobó por 51 votos a favor y 32 en contra el veto aditivo enviado por el Presidente de la República al proyecto de ley que reajusta el Ingreso Mínimo Mensual (IMM), pasando de $182 mil a $193 mil, y ahora deberá pasar al Senado para su despacho definitivo.


El Gobierno ingresó este veto en tres partes: El primero correspondía al reajuste del sueldo mínimo hasta los $193 mil, el que fue aprobado luego que parlamentarios de la oposición no votarán la indicación. 


En tanto, la segunda propuesta que consideraba fijar un sistema de cálculo pluniarual para el reajuste del salario mínimo y las asignaciones familiares para el año 2013 fue rechazado por 51 votos a favor y 54 en contra. 


Mientras el tercero, que suprime la indicación presentada por los diputados en el que se establecía un financiamiento para un reajuste del salario mínimo para los años 2012 y 2013, también fue rechazado con 51 votos favorables y 53 en contra.


Cabe recordar que para lograr la aprobación del veto aditivo, se requería de la mayoría simple de los diputados presentes en la sala.

¿Qué es y cómo opera el Veto Presidencial?

El veto presidencial es una herramienta que tiene como objeto someter nuevamente a una discusión legislativa un proyecto de ley por parte del Jefe de Estado. En Chile se contempla desde la Constitución de 1833, estando también presente en la de 1925, según sostiene Libertad y Desarrollo.


 


Consiste en que una vez finalizada la tramitación de un proyecto de ley y si el Presidente de la República desaprueba dicho proyecto, tiene la facultad de devolverlo a la Cámara de su origen con las observaciones convenientes, dentro del término de treinta días.


 


Este veto (sustitutivo, aditivo o supresivo) nunca puede ser discrecional o arbitrario: no admite observaciones que no tengan relación directa con las ideas matrices o  fundamentales del proyecto, a menos que hubieran sido consideradas en el mensaje  respectivo. Si las dos Cámaras aprueban las observaciones, el proyecto se transforma en ley y se devuelve al Presidente para su promulgación.


 


Pero si las dos Cámaras desecharan todas o algunas de las observaciones, e insistieran, por los dos tercios de sus miembros presentes, en la totalidad o parte del proyecto aprobado por ellas, se devolverá al Presidente para su promulgación.

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