SANTIAGO.- En la perspectiva de buscar un mejoramiento en las condiciones laborales de las trabajadoras de casa particular, la Cámara de Diputados aprobó hoy por 51 votos a favor y una abstención, un proyecto que fija nuevas regulaciones en este ámbito, propuesta que fue construida en la Comisión de Trabajo sobre la base de dos mociones y un mensaje presidencial.
La iniciativa, que ya había sido presentada y debatida en una sesión anterior, no fue objeto de indicaciones, por lo cual se entendió también por aprobada en particular con la misma votación y despachada a su segundo trámite al Senado.
El proyecto reforma el Código del Trabajo, modificando la actual normativa que regula la actividad de los trabajadores de casa particular.
"Pretende compatibilizar las condiciones en que realizan su labor los trabajadores de casa particular con las singularidades concretas en que ésta se desenvuelve, adecuando nuestra legislación en lo que respecta a jornada laboral y remuneración, estableciendo limitantes más estrictas al pago de éstas últimas en prestaciones distintas al dinero en efectivo, como, asimismo, impedir que un empleador pueda condicionar su contratación al uso de uniforme", especifica el informe de la Comisión.
Según recalcó el Ejecutivo en su minuto, la propuesta, que beneficiaría a un universo de 370.000 personas (95% corresponde a mujeres), incluyendo las modalidades de puertas afuera y puertas adentro, es una réplica del acuerdo firmado el 22 de febrero de 2012 entre el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, la OIT Chile, un grupo de diputados y las Asociaciones de Trabajadoras Sintracap y Anecap.
El proyecto sostiene que la permanencia diaria en el trabajo no podrá exceder de 12 horas continuas, considerando tanto tiempo de trabajo como tiempo de descanso y se determinó que este último también se rija por las reglas generales del resto de los trabajadores, esto es, de al menos 30 minutos.
La normativa además contempla la posibilidad de que las partes puedan acordar por escrito hasta un máximo de quince horas semanales adicionales, no acumulables a otras semanas. Estas horas deberán ser pagadas por el empleador con al menos un recargo del 50% sobre el sueldo convenido y podrán distribuirse en la forma que las partes lo acuerden.
En relación a la situación de quienes viven en la casa de su empleador, se propone día de descanso semanal mínimo el domingo, dos días de descanso dentro del mes calendario, entre otras.