EMOLTV

Dirección del Trabajo fiscalizará feriado irrenunciable del comercio este 1° de mayo

La directora de la entidad, María Cecilia Sánchez, espera que se repita la buena conducta que, en general, ha observado este sector durante los últimos feriados irrenunciables.

29 de Abril de 2013 | 17:21 | Valor Futuro

SANTIAGO.- La directora de la Dirección del Trabajo (DT), María Cecilia Sánchez, comenzó hoy una campaña nacional de difusión del feriado obligatorio e irrenunciable del 1º de mayo para los dependientes del Comercio.


Acompañada por un grupo de fiscalizadores, la autoridad recorrió locales comerciales ubicados en el sector de Catedral con San Martín, en pleno centro de Santiago. Empleadores y trabajadores recibieron una explicación verbal y folletos con las normas que rigen este feriado.


Simultáneamente, en el resto del país los directores regionales del Trabajo replicaron la actividad.


María Cecilia Sánchez, expresó su esperanza de esta vez se repita la buena conducta que, en general, ha observado el Comercio durante los feriados irrenunciables de los últimos años.  “Queremos que los trabajadores del Comercio estén tranquilos y seguros celebrando su día junto a sus familias “, dijo, añadiendo que “la idea es que haya pleno
cumplimiento”. 


Efectivamente, durante el 1º de mayo de 2012 en todo el país sólo 37 fiscalizaciones terminaron con infracciones por un monto de 22 millones de pesos (555 UTM al valor de esa fecha).


Asimismo, fueron sorprendidos 110 trabajadores del comercio laborando indebidamente, todos los cuales debieron abandonar sus turnos. 


Fiscalización y multa


En esta ocasión las fiscalizaciones aleatorias y por denuncia contemplan dos aspectos: el feriado del 1º de mayo y el cierre de los locales en la víspera del festivo y su reapertura al día siguiente de terminado este.


En el primer caso, la vulneración al cierre es de 5 ($200.625), 10 ($401.250) y 20 UTM ($802.500) por cada trabajador sorprendido en infracción, dependiendo del número de trabajadores de la empresa.


Además, los dependientes sorprendidos atendiendo indebidamente pasado mañana miércoles deberán suspender de inmediato sus labores y retirarse de los locales.


En el segundo caso, la vulneración al cierre obligatorio desde las 21 horas del martes 30 de abril o desde las 24 horas del mismo día (en el caso de trabajadores afectos a turnos), acarrea sanciones de 10 ($401.250), 40 ($1.605.000) y 60 UTM ($2.407.500) por infracción.


Quiénes pueden trabajar


Este 1º de mayo pueden trabajar los dependientes del Comercio que laboren en clubes, restaurantes, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, casinos, servicentros, farmacias de urgencia o que deben cumplir turnos fijados por la autoridad y los de las llamadas "tiendas de conveniencia" adosadas a las bencineras, siempre que vendan alimentos preparados en esos mismos locales y que sean consumidos allí mismo por los clientes.


En el caso de los locales pequeños, pueden funcionar si son atendidos por sus propios dueños y familiares directos.

EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?