VALPARAÍSO.-El Senado acordó de forma unánime aprobar el acuerdo de la Comisión Mixta y refrendó el acuerdo en torno a fijar el monto del ingreso mínimo mensual de $210 mil a contar del mes de agosto y hacer reatroactivo al 1 de julio sólo el reajuste de las asignaciones familiares.
La iniciativa fue aprobada por 30 votos a favor y 0 en contra en la Cámara Alta. Del mismo modo, durante la mañana había sido aprobada por la Cámara de Diputados por 75 votos a favor, 12 en contra y 2 abstenciones.
De esta manera, la propuesta legal sale del Congreso y quedó lista para su promulgación por parte del Ejecutivo.
El texto legal aprobado contempla un alza del 8,8%, lo cual implica elevar la cifra de los actuales $193 mil a los $210 mil. En el mismo porcentaje (8.8%) también será reajustado el Ingreso Mínimo Mensual (IMM) de los trabajadores menores de 18 y mayores de 65 años y el IMM con fines no remuneracionales. Con esto, estos dos últimos pasan de $144.079 a $156.770 y de $124.497 a $135.463, respectivamente.
Asimismo, se incrementará en un 8,8% tanto el subsidio familiar destinado a personas de escasos recursos, como el tramo más focalizado de las asignaciones familiares y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares (SUF). Mediante una indicación del Ejecutivo, se estableció que este aumento comenzará a regir una vez que se publique la ley que reajusta el ingreso mínimo.
Para el segundo y tercer tramo de asignación familiar y maternal, el Gobierno presenta un reajuste que contempla la variación del costo de vida.
En esta línea, se fija en $8.426 mensuales por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $220.354; en $5.294 mensuales por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $220.354 y no exceda de $321.851; y en $1.673 mensuales por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $321.851 y no exceda de $501.978.
Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares y cuyo ingreso mensual sea superior a $501.978 no tendrán derecho a las asignaciones aludidas. Sin perjuicio de lo anterior, mantendrán su plena vigencia los contratos, convenios u otros instrumentos que establezcan beneficios para estos trabajadores. Además, se indica que dichos afiliados y sus respectivos causantes mantendrán su calidad de tales para los demás efectos que en derecho correspondan.
El subsidio familiar, se fija en $ 8.426 a partir del primer día del mes de publicación en el Diario Oficial del presente proyecto.