SANTIAGO.- El ministro del Trabajo y Previsión Social, Juan Carlos Jobet, y la directora del Trabajo, María Cecilia Sánchez, reiteraron que este martes el comercio deberá cerrar sus puertas antes de las 21:00 horas.
"Es importante que hoy todos los locales del comercio, los malls y los supermercados, cierren sus puertas antes de las 21 horas, de forma tal que todos sus trabajadores puedan irse a sus casas. Es importante también que mañana 18 y el 19 de septiembre los trabajadores el comercio tienen que descansar", dijo el secretario de Estado.
Según la normativa, son trabajadores del comercio todos aquellos que se desempeñan en un establecimiento de tal naturaleza y cuyas labores se relacionen con el expendio o venta directo al público de las mercaderías o productos que en ellos se ofrecen.
Caben en esta categoría de favorecidos por el feriado los trabajadores de las "tiendas de conveniencia" que funcionan adosadas a las bencineras, las autoridades explicaron que si el establecimiento se limita a la venta de productos y mercaderías en existencia, los dependientes que realizar dicha labor y aquellas relacionadas pueden ser calificados como trabajadores del comercio y, por tanto, tienen derecho al feriado obligatorio e irrenunciable.
Si el establecimiento realiza tanto la venta de productos y mercaderías de los productos, como asimismo, elabora alimentos – hot-dog, café, vende bebidas y sandwichs preparados, que son consumidos por el cliente en el propio local-, estos establecimientos podrían encuadrarse en el concepto de restaurant, y por tanto, los dependientes que realicen tal atención no les corresponde hacer uso de en forma obligatoria de los feriados obligatorios.
Tal como el comercio en general, los supermercados deberán permanecer cerrados durante los días 18 y 19 de septiembre.
Eso sí, el descanso para los trabajadores del comercio se inicia a más tardar a las 21 horas del día 17 de septiembre y termina a las 06:00 horas del día 20 de septiembre, salvo que los respectivos dependientes laboren en turnos rotativos de trabajo, caso en el cual estos podrían prestar servicios entre las 21:00 y las 24:00 horas del día 17 de septiembre o entre 00:00 y las 06:00 del día 20 de septiembre cuando el respectivo turno incida en dichos periodos.
"Queremos reiterar que todos los locales del comercio cierren sus puertas hoy ante de las 9 de la noche. Es por ello que vamos a estar fiscalizando en todo el país de manera muy estricta", dijo Jobet.
Se exceptúan de este derecho los trabajadores que se desempeñan en: Clubes y restaurantes; establecimientos de entretenimiento, tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabaret , casinos de juegos y otros lugares de juegos legalmente autorizados ; y expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
Estos dependientes están obligados a laborar normalmente en dichos días sin perjuicio de los descansos compensatorios a que tienen derecho por aplicación del artículo 38 del Código del Trabajo.
La directora del Trabajo, María Cecilia Sánchez, hizo la salvedad respecto de los trabajadores que no son del comercio, pero que igual tienen derecho a disfrutar de los tres días feriados.
"Aquellos trabajadores que tienen una jornada de lunes a viernes o de lunes a sábado y que no son del comercio también descansan los días 18, 19 y 20, porque ellos normalmente no trabajan ni los domingo ni los festivos. Y por lo tanto nuestra fiscalización también va a comprender a ese grupo de trabajadores, no solamente los trabajadores del comercio".