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Superintendencia de Pensiones instruyó que AFP informen pérdidas por Caso Cascadas

Además, la entidad dirigida por Tamara Agnic solicitó que las administradoras informen de las acciones legales que emprenderán para resarcir las eventuales pérdidas.

03 de Septiembre de 2014 | 16:21 | Emol
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Carlos Agurto López

SANTIAGO.- La Superintendencia de Pensiones (SP) ofició hoy a las AFP Habitat, Cuprum, Provida, Capital y Planvital para que cuantifiquen e informen los probables perjuicios que les provocaron a los fondos de pensiones los efectos derivados del caso Cascadas y las acciones legales que emprenderán para resarcir las eventuales pérdidas.


La instrucción -que solo exceptúa a AFP Modelo, ya que no tiene participación accionaria en las sociedades investigadas-  establece 10 días hábiles, desde la fecha de recepción de los oficios, para remitir la información.


La superintendenta de Pensiones, Tamara Agnic, destacó que la ley establece que las Administradoras  tienen un deber fiduciario que las obliga a efectuar todas las gestiones que sean necesarias para cautelar la obtención de una adecuada rentabilidad y seguridad de las inversiones de los fondos de pensiones.


"En ese marco  hemos instruido a las AFP para que cuantifiquen cuanto antes los eventuales perjuicios del caso Cascadas en los fondos de los afiliados. Y en caso de que se confirmen daños a estos fondos queremos conocer qué acciones legales van a interponer  las AFP, de modo de que los chilenos sepamos de qué manera se va a reparar a las personas que pudieron verse afectadas", sostuvo.


La instrucción establece que las administradoras deben remitir a la superintendencia su "análisis y evaluación de los eventuales perjuicios para cada Tipo de Fondo" en el contexto de la Resolución N° 223 emitida ayer por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), “con especial detalle de las transacciones consideradas, así como los precios de referencia utilizados para fundamentar dicha estimación".


Asimismo, las AFP deberán informar en el mismo plazo las "acciones legales, diligencias o medidas a adoptar para requerir la indemnización de perjuicios que pudieron haberse causado a los fondos de pensiones".


Agnic añadió que, si efectivamente hubo daños, es obligación legal de las administradoras entablar acciones para buscar reparaciones, lo que reflejará "qué tan activo es el sistema de capitalizaciones personales para salvaguardar los fondos de los afiliados".


La autoridad dijo que la información solicitada se incorporará a los análisis que está desarrollando la institución: "Las líneas de investigación en desarrollo no han detectado, hasta ahora, incumplimientos en el ámbito regulatorio de los Fondos de Pensiones".


No obstante, "si del análisis detallado de la resolución de la SVS surgen antecedentes que indiquen infracciones al espíritu del DL 3.500, entre ellos al deber fiduciario, la Superintendencia de Pensiones iniciará las acciones de fiscalización pertinentes y aplicará las eventuales sanciones que correspondan", advirtió.

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