SANTIAGO.-El ministro del Medio Ambiente, Pablo Badenier, y la ministra de Desarrollo Social, María Fernanda Villegas, anunciaron este miércóles la revisión de los decretos DS66 y DS40, ambos reglamentos que regulan los procesos de consulta indígena en la tramitación de proyectos en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
Su revisión y modificación es un requerimiento ampliamente solicitado por los pueblos indígenas. La necesidad de revisar la normativa referida a estos aspectos fue recogida en el programa de gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, luego de escuchar los planteamientos de comunidades
La ministra de Desarrollo Social explicó que – en el caso del D66- el 3 de septiembre de este año se inició el proceso histórico de realizar Consulta Previa a los 9 pueblos indígenas del país, para proponer la creación de una nueva institucionalidad indígena, cumpliendo de esta forma los compromisos presidenciales de instaurar una nueva relación entre el Estado y los pueblos indígenas.
Esta nueva institucionalidad propone crear el Ministerio de Pueblos Indígenas y el Consejo o Consejos de Pueblos Indígenas.
En este proceso, se consideraron los estándares contenidos en el convenio 169 de la OIT y se realizaron 58 jornadas de planificación a lo largo de todo el país, donde participaron más de 7 mil personas.
La secretaria de Estado sostuvo que “como gobierno pudimos escuchar innumerables demandas y reivindicaciones históricas durante este proceso, sin lugar a dudas la que más se repitió fue la necesidad de revisar lo que establece el Decreto Supremo 66 del Ministerio de Desarrollo Social y el Decreto Supremo 40 del Ministerio de Medio Ambiente. Es así, como haciendo eco a la solicitud de los pueblos indígenas y atendiendo a sus requerimientos, es que ratificamos la decisión de revisar y modificar los procedimientos de ambos reglamentos”.
Consulta previa
Por su parte, el Ministro de Medio Ambiente, Pablo Badenier, destacó "la decisión que tomó el primer gobierno de la Presidenta Bachelet en 2008, de ratificar el convenio 169. Fue una gran decisión, fue un paso sustantivo el poder reconocer los derechos de los pueblos indígenas y también generar todos los mecanismos de resguardo frente a eventuales afectaciones al desarrollo los pueblos”.
Sin embargo, agregó, “creemos que el gobierno anterior, por el apuro de dictar reglamentos a fines de su administración, mezcló peras con manzanas. No es posible que en un reglamento del SEIA hoy día esté considerado el desarrollo de procesos de consulta indígena. Eso no genera procesos de consulta óptimos del punto de vista de sus resultados”.
A juicio del ministro Badenier, los procesos de consulta indígena para proyectos de inversión pública y privada deben ser previos al ingreso al SEIA, dado que los procesos de consulta deben estar debidamente garantizados.
“Eso genera mejores procesos de participación indígena, en términos de que serán desarrollados por personal capacitado y preparado en temática indígena, no se restringe a los plazos propios de una evaluación ambiental de proyectos, pero fundamentalmente creemos que cuando se hacen procesos de consulta indígena previo al ingreso al SEIA, la capacidad y posibilidad de incidir sobre el diseño y emplazamiento de esos proyectos es mayor”, acotó.