SANTIAGO.- La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a Farmacias Ahumada S.A. (Fasa) por infracción a la Ley del Consumidor al no respetar un acuerdo firmado con el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), tras el compromiso entre la empresa y la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en el marco del proceso por colusión en que estuvo involucrada la cadena farmacéutica.
En fallo unánime, la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago -integrada por los ministro Carlos Cerda, Teresa Figueroa y Gloria Solís- condenó a la empresa a pagar $610 millones y una multa de 50 UTM (unidades tributarias mensuales), por no respetar el acuerdo compensatorio.
La sentencia del tribunal de alzada considera que la empresa se comprometió a respetar plenamente el acuerdo alcanzado; compensar a todos los clientes afectados por la fijación de precios de 220 medicamentos, compromiso que fue difundido ampliamente a través de campañas publicitarias.
"Carece de seriedad presentar a la comunidad toda y a la de los consumidores en particular, un anuncio profusamente difundido, sobre la 'dadivosa' actitud de quien promete restituir lo mal habido por un monto que, a la hora de su concretización, dista de ser verdadero", señala el fallo.
Más adelante, la resolución agrega que "la defensa sostiene que le era imposible determinar el conjunto de consumidores afectados. De aceptarse tal predicamento querría decir que al asumir el compromiso de reembolso Fasa desconocía el alcance del mismo o lo hacía con la deliberada intención de eludirlo, por imposibilidad de definir sus destinatarios; peor aún, escudándose tangencialmente en la venia que le habría brindado el Sernac".
Por lo tanto, el tribunal determinó que Farmacias Ahumada S. A. infringió el artículo 12 de la Ley 19.496, como consecuencia de ello se la condena al pago de una multa equivalente a cincuenta unidades tributarias mensuales (50 UTM).
Asimismo, "se la obliga a consignar en la cuenta corriente del tribunal de la instancia, en provecho del colectivo representado por el Servicio Nacional del Consumidor, la cantidad de seiscientos diez millones de pesos ($ 610.000.000), con el indicado reajuste, dentro de trigésimo día a partir de la ejecutoriedad de lo presente, los que quedarán a disposición de los comparecientes de fs. 144 y de quienes hagan valer su derecho compensatorio al tenor de los incisos segundo del artículo 54 y primero del 54 C, además del 54 D, todos de la Ley 19.496, en favor de los que se decretará los giros consecuentes".