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Suprema ratifica fallo que acogió recurso de Farmacias Cruz Verde por cierre de 7 locales

"Se concluye que la autoridad sanitaria efectivamente dispone de facultades legales para prohibir el funcionamiento de los establecimientos farmacéuticos", indica la sentencia.

14 de Abril de 2015 | 14:07 | ValorFuturo
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Sergio Alfonso López, El Mercurio

SANTIAGO.- La Corte Suprema ratificó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que acogió un recurso presentado por Farmacias Cruz Verde en contra del Instituto de Salud Pública (ISP), que prohibió el funcionamiento de siete locales de la cadena por incentivar a sus empleados a vender determinados productos, práctica denominada como "canela".

En un fallo dividido, la primera sala de verano del máximo tribunal, integrada por los ministros Patricio Valdés, Pedro Pierry, Guillermo Silva, Rosa María Maggi y Juan Eduardo Fuentes ratificó en todas sus partes la sentencia del tribunal alzada capitalino que acogió la acción cautelar por considerar como ilegitimo y abusivo el cierre de locales ordenado por el ISP.

"Se concluye que la autoridad sanitaria efectivamente dispone de facultades legales para prohibir el funcionamiento de los establecimientos farmacéuticos, medida que está facultada para disponerla incluso un ministro de fe –inspector o fiscalizador– como aconteció en todos los casos ya indicados, pero solamente en un caso justificado, cuando se encuentre enfrentado a una situación de excepción, cuando exista un riesgo inminente para la salud, esto es, cuando la producción de un daño a la salud está a punto de ocurrir, es inmediato en el tiempo", indicó el fallo.

En esa línea, señaló que "como se ve, se trata de una medida sanitaria de carácter excepcional, que exige justificación y aplicación restrictiva".

La decisión se adoptó con el voto en contra del ministro Pierry, quien estuvo por rechazar el recurso, porque la medida adoptada por el ISP, en su opinión, forma parte de las atribuciones de la repartición pública y se debe considerar como una medida preventiva y no una sanción.

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