SANTIAGO.- El término del reemplazo en huelga es el aspecto del proyecto de Ley de Reforma Laboral que más preocupación genera entre las empresas.
De acuerdo a una encuesta realizada por la Cámara de Comercio de Santiago (CCS) a 191 empresas de distintos tamaños, sectores y regiones, son cuatro los ejes principales de preocupación: la eliminación del reemplazo en huelga, que abarcó el 41% de las menciones; la negociación por obra, con 22%; la titularidad sindical, que llega a 21%; y el piso de la negociación colectiva, con un 16%.
El Fin del Reemplazo en Huelga aparece como amenaza para la empresa porque el conflicto interno se transmite a los denominados stakeholders, en la forma de interrupción de suministro o ventas, de pagos y de adquisiciones, comprometiendo la confiabilidad y reputación de la empresa afectada.
La información agrupada a nivel de sectores da cuenta también de diferencias importantes. El sector transporte atribuye al no reemplazo en huelga el mayor impacto negativo, porque tiene importantes efectos en cadena sobre prácticamente todas las demás actividades conexas, tales como comercio, construcción, industria y agricultura.
En cuanto a la Negociación por Obra, el sondeo mostró es una preocupación relevante en el sector construcción porque el proyecto estipula que las negociaciones podrán iniciarse no antes de 50 días ni después de 40 días desde el período de temporada o fecha de inicio de la obra o faena transitoria, dejando un amplio campo de incertidumbre en aquellas actividades en que los equipos de trabajo no se terminan de formar, sino hasta después en los plazos estipulados.
Las preocupaciones por este factor en el sector construcción se relaciona también con la posibilidad que se abre hacia el modelo de negociación por rama, ya que el sindicato podrá presentar el proyecto de convenio colectivo a una o más empresas, fomentando una lógica de negociaciones con convenios estandarizados que contengan tarifas intersectoriales altamente dañinas para las pequeñas organizaciones o firmas.
Por su parte, la Titularidad Sindical abarca un 37% en las pequeñas empresas, superando la injerencia del no reemplazo en huelga (34%). Este punto dispone, entre otras materias, que los únicos autorizados a negociar de manera reglada son los sindicatos, agrega la posibilidad de armar grupos negociadores entre trabajadores no sindicalizados, y condiciona el traspaso de los beneficios de la negociación a los trabajadores no sindicalizados.
También se le entrega titularidad sindical al sindicato inter empresa, con el propósito de homologar las condiciones a la titularidad de la que goza en sindicato en el ámbito de la empresa.
El establecimiento del Piso de la Negociación para las grandes empresas es un factor de preocupación, en su mayoría, por las condiciones laborales de sus trabajadores son mejores que las del resto de las empresas, con mayores remuneraciones y beneficios extraordinarios.
A nivel de sectores, este aspecto tiene mayor relevancia en transportes y recursos naturales, lo que puede ser explicado por la mayor volatilidad intrínseca de estos rubros, muchas veces vinculados a mercados externos y términos de intercambio.
Impacto en el empleo
Consultadas sobre los efectos potenciales de la reforma en los planes de contratación, un 14% prevé una detención de las contrataciones, un 13% haría contrataciones por reemplazo de trabajadores que dejan la empresa y un 10% realizaría recortes en sus planes de contratación.