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Caso tsunami: Corte inhabilita a juez de garantía por adelantar juicio contra imputados

Las defensas de Carmen Fernández, de Patricio Rosende y de Andrés Enríquez habían presentado recusaciones contra el magistrado, argumentando que ésta había perdido su imparcialidad.

26 de Febrero de 2015 | 17:52 | Emol
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El juez del Séptimo Juzgado de Garantía Ponciano Sallés.

Christian Zúñiga, El Mercurio

SANTIAGO.- La tercera sala de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió inhabilitar al juez del Séptimo Juzgado de Garantía Ponciano Sallés en el denominado caso tsunami por emitir pronunciamiento acerca de las responsabilidades de los imputados en la causa.


"Consciente de que es un asunto de trascendencia nacional y consciente de que hay que ser muy estricto cuando se trata de inhabilitar un juez, no obstante aquello (la corte) cree que en el presente caso efectivamente el juez señor Ponciano Sallés dictaminó sobre la cuestión pendiente con conocimiento de la misma. Por lo tanto, se declara inhabilitado para continuar conociendo de estos antecedentes al juez señor Ponciano Sallés", declaró el ministro Carlos Cerda.


Las defensas de la ex directora de la Onemi Carmen Fernández, el ex subsecretario del Interior Patricio Rosende y del ex asesor del SHOA Andrés Enríquez habían presentado recusaciones contra el juez, luego que éste rechazara en mayo del año pasado su sobreseimiento.


A juicio de los abogados, en esa instancia el magistrado ya se pronunció sobre el fondo del asunto y tendría una opinión sobre la supuesta participación y existencia del cuasidelito de homicidio tras la alerta fallida de maremoto el 27 de febrero de 2010, por lo que habría perdido su imparcialidad.


El defensor de Fernández, Luciano Fouillioux, se manifestó satisfecho por la resolución y al respecto señaló que Sallés "con lo buen juez que es, cometió un error delicado en una causa tan sensible como ésta", por lo que a su juicio, "la corte ha tratado de repararlo a través de nuestra presentación".


En tanto la abogada de Enríquez, Paula Vial, insistió en que la resolución de Sallés era "excesiva y que establecía responsabilidades que no correspondían y en una etapa que no correspondía".

Indicó asimimo que ahora un tribunal oral, si es que llegan a juicio oral, es el que debe determinar si los imputados son o no responsables de los delitos que se les imputan.


En ese momento la causa está en manos de la jueza Carla Capello.

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