SANTIAGO.- El constante aumento del parque automotriz en Chile permitió el boom del tuning que cada año renueva y agrega accesorios para adornar los vehículos. Desde vidrios polarizados, hasta “tronadores” para los tubos de escape son algunos de los complementos que los conductores exhiben por las calles del país. Sin embargo, lo que muchos no saben es que la ley prohíbe varios de estos vistosos anexos y sus propietarios arriesgan distintas multas y más de algún mal rato de ser sorprendidos.
El caso de los vidrios es el más polémico. La Ley de Tránsito 18.290 afirma que deben permitir “una perfecta visibilidad desde y hacia el interior”, prohibiendo “los vidrios oscuros o polarizados”. En ese sentido el Ministerio de Transportes ordenó a las Plantas de Revisión Técnica (PRT) rechazar a todo vehículo que no cumpla con la norma. La excepción son los que vienen tintados de fábrica, los cuales pueden circular sin temor a infracciones.
"El polarizado debe regularizarse por un tema de seguridad, tanto para conductores como transeúntes."
Parlamentarios de Comisión de Transportes
Aunque por ahora la ley dice que no se puede llevar polarizado, una propuesta en el Congreso podría cambiar la situación. Los senadores Manuel José Ossandón y Manuel Antonio Matta promueven una moción que busca establecer una certeza jurídica respecto de las situaciones en las cuales estaría permitido o prohibido el uso de vidrios oscuros. La iniciativa ya fue aprobada por el Senado -por 9 votos a favor, uno en contra y 3 abstenciones- y avanzó a la Cámara de Diputados para su segundo trámite.
La organización Polarizado Legal en Chile lleva una lucha para regularizar la normativa actual y su representante, William Ribas, asegura a Emol que “no buscamos liberación del polarizado, eso sería irresponsable. Imagínate que alguien ponga una lámina muy oscura en el parabrisa, chocará con el primer auto. Queremos normalización de la ley”.
Sobre la moción legislativa, Ribas señala que “buscamos sólo un cambio de párrafo, nada más. En vez de decir que los vidrios oscuros deben ser de fábrica, como se interpreta en la ley, queremos que se establezca que los polarizados pueden ser usados según lo que determine el Ministerio de Transportes”.
¿Qué pasa con otros accesorios?
Respecto a otros accesorios, la ley también establece distintas prohibiciones. El texto legal señala que no se pueden utilizar “gallardetes o banderines en el exterior, excepto en los pertenecientes a las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile, Cuerpo de Bomberos y ambulancias en general”. El impedimento no rige en días de aniversario patrio.
Otro de los puntos en los que se hace hincapié es en las luces. En este caso “se prohíbe el uso de cualquier foco o luz que induzca a error en la conducción”. Desde Carabineros explican que las luces de posición deben ser blancas, al igual que las de retroceso, mientras que las de freno tienen que ser de un rojo más intenso.
Los vehículos de combustión interna, por otro lado, no podrán transitar con escape libre e irán provistos de un silenciador eficiente. Por lo que quedan prohibidos los tubos que aumenten el sonido como los populares “tronadores”.
Lo que sí permite la ley
Si por un lado la ley prohíbe varios accesorios en los vehículos, por otro admite algunos complementos para los amantes del tuning. Está permitido instalar llantas y neumáticos nuevos, siempre que tengan sus bandas de rodadura en perfecto estado y se adhieran de buena manera al pavimento.
Asimismo, se puede agregar alerón, calcomanías, pintar el vehículo y cubrir el volante, asientos y pedales con protectores. Además de renovar el sistema de audio y nuevos tacómetros, entre otros.