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Histórico: TDLC elimina cuota de incorporación a equipos que ascienden a la B y le pone millonaria multa a la ANFP

"Esta sentencia elimina una conducta que ha afectado la competencia en el fútbol nacional", se lee en el documento.

26 de Junio de 2020 | 17:18 | Redactado por Felipe Santibáñez, Emol
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Agencias/Emol
Histórico. El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia condenó a la ANFP con una multa de US$ 2,3 millones por haber exigido a los equipos de Segunda División Profesional pagar una cuota de incoporación de UF 24 mil y ordenó el cese inmediato de ese cobro.


"La Cuota de Incorporación tuvo el efecto de limitar la capacidad competitiva y deportiva de los clubes que la pagaron" y este cobro ha constituido "una barrera artificial que obstaculiza el ingreso al mercado o, en caso que se logre ingresar, entorpece el desempeño competitivo del entrante", expresó la justicia.

El Fiscal Nacional Económico, Ricardo Riesco, afirmó: "Esta sentencia elimina una conducta que ha afectado la competencia en el fútbol nacional y ratifica que el trabajo de la FNE y la institucionalidad de libre competencia se aplica a todos los mercados sin distinción y a toda clase de conductas sancionadas por el DL 211, incluyendo a aquellas de carácter unilateral que no involucran acuerdos entre competidores".

Cabe recordar que la categoría se creó en 2011 por Sergio Jadue y se estableció que el campeón debía cancelar, en ese entonces, 50 mil UF (más de 1.100 millones de pesos). El elenco que bajase a Segunda, en tanto, recibiría el 50% de ese monto. En 2017, el Consejo de Presidentes acordó reducir la cuota a 24 mil UF tras los reclamos de Deportes Valdivia y Barnechea.

"La ANFP no basó sus decisiones acerca de dicha Cuota en argumentos razonados de índole económico, menos aún de libre competencia, sino que todo indica que las decisiones adoptadas en el seno del Consejo de Presidentes estuvieron basadas en el deseo de proteger los intereses de los clubes que participan regularmente de los campeonatos de la Primera B", sentenció el Tribunal.

Hay un plazo de diez días hábiles para apelar a la Corte Suprema. Sin embargo, en este tipo de casos es poco factible que se modifique el fallo. Incluso los equipos que se vieron obligados a pagar la cuota podrían ir a la justicia para exigir una indemnización. Estos son: Iberia, Puerto Montt, Valdivia, Barnechea, Vallenar, Santa Cruz y San Marcos.
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