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Justicia revierte fallo contra CHV por programa acusado de vulnerar a discapacitados

La Corte Suprema dictaminó que la sección "Taldo Zúñiga" del programa "Perros de la calle" podrá volver a la pantalla del canal en su próximo ciclo.

01 de Abril de 2016 | 11:15 | Emol
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Pablo Zúñiga era el rostro del segmento en cuestión.

El Mercurio.
SANTIAGO.- En enero pasado la Corte de Apelaciones de Santiago dictaminó que el programa "Perros de la calle" debía sacar de pantalla una de sus secciones, "Taldo Zúñiga"— el cual parodiaba a las personas que padecen el síndrome de tourette—, debido a que vulneraba "la igualdad ante la ley y el derecho a la honra de las personas afectadas".

La medida cautelar se tomó de manera unánime, pero este viernes la justicia informó que, tras la investigación de rigor, se rechazó el recurso de protección presentado en contra del canal de televisión por la Fundación Amigos del Tourette Chile.

De acuerdo al fallo judicial, la Corte Suprema revocó (en fallo dividido) la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones a comienzos de año. El máximo tribunal explicó que aceptar la medida implicaba no respetar la libertad de expresión.

"Mediante la presente acción lo que se pretende es, precisamente, censurar un segmento que forma parte de un programa de televisión, por contener supuestas referencias que se estiman contrarias a la honra y dignidad de aquellas personas que padecen el Síndrome de Tourette, a partir de la creación de un personaje ficticio dentro de un contexto humorístico. Sin embargo, de aceptarse tal planteamiento mediante la sentencia que se pronuncie respecto a esta acción, se estaría limitando la libertad de expresión", dictaminó la Corte Suprema.

El fallo agrega que, conforme a la ley sobre libertad de opinión, para la justicia no es posible "adoptar cualquier medida que pudiere conducir a impedir, obstaculizar o incluso interferir en la difusión en el futuro del programa o segmento cuya difusión teme la recurrente, ya que ello implicaría afectar una garantía constitucional por parte de un órgano del Estado justamente llamado a salvaguardar la plena vigencia de las garantías constitucionales".

Chilevisión, por su parte, descartó referirse a esta resolución.
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