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CMN aclara que dueño de inmueble multado por municipio de Santiago no necesitaba autorización para repintar grafitis

El Consejo de Monumentos Nacionales también afirmó que "el proyecto de intervención" de dicho inmueble "fue autorizado en mayo de 2021", incluyendo "la remodelación del local" y el "cambio de color de fachada", entre otras modificaciones.

25 de Octubre de 2022 | 12:05 | Por N. Ramírez, Emol
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El inmueble se ubica en calle Merced con José Miguel de la Barra, donde ante estaba el "Ópera-Catedral" y hoy funciona "Red Pub".

El Mercurio (Foto de Archivo)
Una polémica se ha levantado luego de que el propietario de un inmueble ubicado en el barrio Lastarria, en la capital, denunciara que la Municipalidad de Santiago lo multó por cubrir con pintura unos grafitis que había en la fachada.

Se trata del edificio ubicado en calle Merced con José Miguel de la Barra, donde ante se emplazaba el restaurante "Ópera-Catedral", y hoy funciona el local "Red Pub".

El inmueble fue adquirido en 2020 por el empresario José Ignacio Aravena, quien contó –en una carta a "El Mercurio"– que fue sancionado con una multa de 7 millones de pesos por haber borrado los grafitis con pintura.

"Por haber pintado la fachada para borrar los múltiples grafitis de todas las noches, se nos han cursado dos infracciones (no contar con permiso municipal) y una ya condenada con una multa de $7 millones", dijo el locatario.

Al ser consultado por este caso, la Municipalidad de Santiago señaló ayer, mediante un comunicado, que el inmueble ha sido multado por los Juzgados de Policía Local de la jurisdicción "debido a que se han efectuado modificaciones en el edificio, que, al estar ubicado en una Zona de Conservación Histórica y Zona Típica, necesariamente requiere de la aprobación del Consejo de Monumentos Nacionales, lo que considera la pintura o intervención de la fachada".

También dijeron que hay incumplimientos respecto de obras o modificaciones que requieren autorización de la Dirección de Obras Municipales, "las que actualmente se encuentran en proceso de regularización, lo que es de responsabilidad de los propietarios del inmueble".

Afirmaron, además, que la recuperación de los espacios públicos y las fachadas de los inmuebles es una prioridad para esa administración, pero que la participación de los locatarios en ello "debe darse con respeto de la normativa vigente".

"El repintado que hicieron los propietarios no requiere permiso previo"


Emol consultó al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) por lo señalado por el municipio, en cuanto a que la pintura de la fachada del inmueble requería la autorización de esa entidad.

En una declaración pública, el Consejo de Monumentos Nacionales explicó que, efectivamente, "las intervenciones en Zona Típica deben ser autorizadas previamente por el CMN, en especial aquéllas que incluyen obras mayores".

Respecto de este caso específico, informó que "el proyecto de intervención del inmueble de calle Merced (...) ubicado dentro de la Zona Típica Barrio Santa Lucía – Mulato Gil de Castro – Parque Forestal, en la comuna de Santiago, fue autorizado en mayo de 2021".

$7 milloneses la multa que recibió el propietario del inmueble ubicado en calle Merced
Detalló que "las intervenciones autorizadas consistían en la remodelación del local existente, incorporando algunas adecuaciones interiores, modificación de letreros, reposición de la cubierta de terraza, habilitación de nueva terraza en tercer nivel y cambio de color de fachada, entre otras".

También aclaró que "el repintado que hicieron los propietarios, en los mismos colores autorizados, no requiere permiso previo del CMN". Esto en alusión al repintado de los grafitis.

De todas formas, la entidad clarificó que "las autorizaciones emitidas por el Consejo de Monumentos Nacionales no eximen al interesado de los permisos que deban obtenerse de acuerdo con la Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones o de otras disposiciones de nuestro ordenamiento jurídico".
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