SANTIAGO.- La Corte Marcial rechazó libertad bajo fianza del ex comandante en
Jefe del Ejército, Juan Miguel Fuente-Alba, procesado por malversación de caudales públicos, así también como un recurso de amparo interpuesto por su defensa.
De este modo, el tribunal confirmó la resolución de la ministra del caso, Romy Rutherford, quien ordenó la reclusión del militar en el Batallón de Peñalolén tras considerarlo como un peligro para la seguridad de la sociedad.
En tanto, el recurso tenía como fin dejar sin efecto las declaraciones entregadas por el ex uniformado a la ministra a cargo de la causa, Romy Rutherford, quien señaló en el encausamiento que este había admitido el uso de gastos reservados.
En el documento se acusó que la jueza sostuvo extensas jornadas de toma de testimonio, alcanzando, de manera ininterrumpida, casi 11 horas. Por ello, la ex autoridad no habría tenido descansos, ni tiempo para alimentarse.
Se acusó también que estas diligencias se realizaran sin la presencia sus abogados. Ante ello, la ministra emitió un duro informe donde rechazó todas las alegaciones, indicando incluso que esta sería una maniobra para invalidar los testimonios que permitieron, entre otras evidencias, encausarlo por una malversación de casi $3.500 millones.
"Se realizan aseveraciones que más bien parecen ser una creación destinada a justificar el contenido de las declaraciones vertidas por el inculpado ante el tribunal (...) pareciera que estas deposiciones no se ajustan a las expectativas de la defensa, único móvil que podría llevar a la infrascrita a comprender las imputaciones que graciosamente se formulan", señaló la ministra.
Frente a esto, los ministros Hernán Crisosto, Carlos Gajardo, Fernando Paniagua y Jaime Elgueta descartaron un actuar ilegal de la ministra en el caso, indicando que la decisión de prescindir de la presencia de los litigantes en sala donde declaró "se ajustó a la normativa que es aplicable a la investigación que se sigue".
Se consideró que el resto de las afirmaciones "no encuentran sustentos en los antecedentes que se tienen a la vista", y concluyó: "No puede dejar de considerarse lo relevante que resulta formular apreciaciones que, en definitiva, se tornan en imputaciones que afectan el proceder profesional de una magistrada, sin otro sustento que no sean los meros dichos de quien, en calidad de imputado, compareció ante ella".