Tal como había sido adelantado el jueves, la primera sala del Tribunal Constitucional confirmó que la investigación que está llevando a cabo la ministra en visita de la Corte Marcial, Romy Rutherford, en contra del general (r) Humberto Oviedo, se encuentra paralizada en su totalidad y no de forma parcial como lo había interpretado la jueza.
Así lo expone el fallo del TC que fue divulgado este viernes y que frena las pretensiones de la magistrada de continuar con sus diligencias, quien la pasada semana ordenó la detención y procesamiento del ex comandante en Jefe del Ejército por la presunta malversación de cerca de $4.500 millones provenientes de gastos reservados.
"Reiterar que la suspensión, en lo sucesivo, ha de tener lugar sin exclusiones en la gestión pendiente seguida en causa Rol N° 575-2014, instruida por la Ministra en Visita Extraordinaria de la Corte Marcial, señorita Romy Rutherford Parentti, incluyendo todo 'cuaderno' cuya etapa procesal actual sea la de Sumario", dice el escrito en su resolución.
De esta forma, se ratifica que la medida incluye al total de las causas y no sólo a la arista relativa a las "Empresas de Turismo", como lo había asegurado la ministra Rutherford. Esto, al menos hasta que el mismo tribunal revise el fondo de la discusión.
La disputa entre la investigadora y el ex uniformado comenzó a principios de enero cuando su defensa presentó al TC un recurso que pedía declarar inaplicable el artículo relativo al secreto de sumario y que además la indagatoria fuese trasladada hacia la justicia civil.
En la instancia, el tribunal decidió suspender el procedimiento, mientras que la ministra continuó con algunas diligencias, lo que llevó a que la defensa de Oviedo solicitara una aclaración al TC, resolución que fue conocida este viernes.
Votación dividida
La resolución del fallo estuvo bastante dividida y se inclinó a favor de la opción de paralizar la investigación por tres votos contra dos. Mientras Iván Aróstica, Juan José Romero y José Ignacio Vásquez respaldaron la medida, Domingo Hernández Emparanza y María Pía Silva la rechazaron.
Según señala el texto, los ministros que se opusieron acusaron que "en el contexto cronológico descrito, es de toda evidencia que la suspensión del procedimiento decretada no puede ser interpretada en la forma que lo hace la mayoría, sin contravenir el principio de coherencia procesal y asignarle a la citada medida un efecto que va más allá del requerido por la propia parte en el momento de formular su petición".
En ese sentido, los ministros sostienen que "tal medida, acordada además de oficio, resulta excesiva y no representa un modelo de ejercicio ponderado y prudente de una facultad cautelar que, por su naturaleza. debe ser empleada de forma restrictiva y sólo para evitar que la prosecución del juicio ante la instancia jurisdiccional ordinaria, enerve la eficacia del pronunciamiento de fondo impetrado en esta sede".
"Atendida la etapa inicial de la investigación seguida ante la justicia militar en estos autos, tal riesgo no existe, lo que toma inadecuada la medida de suspensión decretada con nuestra oposición e igualmente la interpretación sobre su alcance, que no se concilia con lo obrado tanto en este procedimiento constitucional, cuanto en la causa que le sirve de antecedente", concluye el escrito.