SANTIAGO.- Hasta la Corte de Apelaciones de Santiago podría llegar el caso de un alumno que hasta hace unas semanas cursaba 2° Medio en el Instituto Nacional (IN), y quien fue expulsado tras ser sometido a la ley conocida como Aula Segura.
De acuerdo a lo recabado por el establecimiento durante casi un mes de investigación, el joven de 15 años fue sorprendido a eso de las 10:00 horas del miércoles 15 de mayo de este año lanzando objetos contundentes a personal de Carabineros y preparar artefactos incendiarios.
"Tras el término de la investigación, se comprobó que el estudiante antes individualizado cometió actos que, de acuerdo a la ley 21.128 (Aula Segura), afectan gravemente la convivencia escolar, en particular, 'uso, tenencia o posesión de armas o artefactos incendiarios'", señala el documento de notificación enviado al joven y su apoderada, y al cual accedió Emol.
Y agrega: "Por lo tanto, tras haberse acreditado la responsabilidad del estudiante, y teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley 21.128, se aplica en este acto la sanción de expulsión, quedando sin efecto la medida cautelar de suspensión impuesta al notificar el inicio de la investigación".
El documento, con fecha 21 de junio pero que llegó personalmente a la apoderada del alumno el 15 de este mes -ella sostiene que no recibió la carta certificada-, señala que tiene un plazo de 15 días hábiles para solicitar la reconsideración de la medida impuesta, por escrito, y dirigida a la dirección del establecimiento educacional.
Los hechos, sin embargo, no llegaron de la misma forma al Ministerio Público, desde donde se resolvió, sobre la base de los antecedentes despachados por Carabineros, no iniciar la persecución penal o abandonar la ya iniciada, según detalla el documento que comunica la aplicación del principio de oportunidad.
Los antecedentes que llegaron
Fuentes de este medio explicaron que el parte despachado a la fiscalía Metropolitana Centro Norte señalaba que, cerca de las 10:00 de la mañana del 15 de mayo, carabineros ingresaron al establecimiento luego que desconocidos lanzaran desde su interior al menos 20 bombas molotovs.
Ya en el lugar, los uniformados dieron con un grupo de jóvenes que estaban lanzando objetos contundentes. En el caso del joven de 15 años, detalla el parte, este se dio a la fuga, siendo alcanzado en uno de los baños.
"Se comprobó que el estudiante antes individualizado cometió actos que, de acuerdo a la ley 21.128, afectan gravemente la convivencia escolar, en particular, 'uso, tenencia o posesión de armas o artefactos incendiarios'".
Documento en que se notifica expulsión
Ante ello, la fiscalía señaló en el documento que frenó la investigación que el alumno y otras cuatro personas -también estudiantes del IN- fueron sorprendidos por personal de servicio en la población "ocasionando desórdenes en la vía pública, consistentes en 'lanzar objetos contundentes a personal policial, obstaculizando el normal tránsito vehicular'".
En esa línea, se precisó que aquello constituye la falta de desórdenes públicos y que se estima que "los hechos indicados no comprometen gravemente el interés público", constatando además que "la pena mínima asignada al delito no excede la de presidio o reclusión menores en su grado mínimo, y no se trata de un delito cometido por un funcionario público en ejercicio de sus funciones".
En casos donde sí se constata el porte o uso de elementos incendiarios, se precisó a este medio, la decisión del Ministerio Público estaría tendiente a investigar y formalizar. Tal fue el caso de los adolescentes grabados desde un techo lanzando bombas molotov, resultado uno de hechos con quemaduras.
Si bien la ley Aula Segura no explicita que los establecimientos tienen la obligación de denunciar el hecho por el cual se decreta la expulsión, el Código Procesal Penal si señala que sí la tienen "los directores, inspectores y profesores de establecimientos educacionales de todo nivel" respecto "los delitos que afectaren a los alumnos o que hubieren tenido lugar en el establecimiento".
En este caso, el ente persecutor recibió el parte policial pero por un delito distinto al que finalmente señaló el establecimiento.
Una expulsión "con una clara infracción"
Para revertir la situación, la defensa del alumno presentará una reconsideración ante el IN, "esperando que se den cuenta de la ilegalidad que están cometiendo y reincorporen al alumno".
Así lo explicó el abogado Ramón Sepúlveda, penalista que lidera el equipo defensor, señalando que si esta acción llega a ser rechazada, se recurrirá a la Corte de Apelaciones de Santiago con un recurso de protección.
"Hemos asumido la defensa de este alumno, que a todas luces ha sido el expulsado sin fundamento y con una clara infracción al debido proceso, lo que es evidente en los antecedentes que tenemos en nuestro poder que, entre otras cosas, muestran una sustancial diferencia entre el hecho que fundó la expulsión y el que comunicó el Ministerio Público al aplicar el principio de oportunidad y terminar la causa", explicó el litigante.
Y añadió: "Creemos que independiente de la opinión política que uno tenga de la ley de Aula Segura, está debe tener una aplicación conforme a derecho y no transformarse en un medio represivo y arbitrario con en el que se expulse a un alumno que no cometió ninguno de los hechos que se le imputaron en la medida".
De acuerdo al documento de expulsión -con fecha 21 de junio-, desde la notificación de la misma se cuenta con un plazo de 15 días hábiles para presentar la reconsideración, la cual debe ser por escrito y dirigida a la dirección del establecimiento. El papel, sin embargo, llegó a manos de la apoderada del estudiante el recién el pasado lunes.