Los ministros Andrés Allamand (RR.EE.) y Carolina Schmidt (Medio Ambiente) ratificaron esta jornada que el Gobierno no firmará el Acuerdo de Escazú, en su exposición ante la comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados.
La decisión se conoce antes de la fecha límite que tienen los países para adherir o no a él, que es del 26 de septiembre.
"Chile ya tiene una legislación moderna y muy completa en relación a los derechos a los que se refiere Escazú, señalar que solo de la lectura de este tratado queda en evidencia que en muchos casos se refiere a materia de gran importancia de manera vaga y ambigua y particularmente en forma indefinida e imprecisa en término de las obligaciones a las que se compromete el Estado que lo suscribe y ratifica", afirmó el canciller.
Agregó que "el acuerdo expone al país a la contingencia de demandas internacionales por razones ambientales, lo que desde nuestro punto de vista, particularmente considerando los términos de este tratado implica una afectación grave en materia de soberanía en materias que son fundamentales para el desarrollo".
"El acuerdo expone al país a la contingencia de demandas internacionales por razones ambientales, lo que desde nuestro punto de vista, particularmente considerando los términos de este tratado implica una afectación grave en materia de soberanía en materias que son fundamentales para el desarrollo".
Canciller Andrés Allamand
Allamand insistió en que "de aprobarse Escazú, Chile puede ser arrastrado a tribunales internacionales y, por ende, verse afectada su soberanía por supuestos incumplimientos de obligaciones ambientales muy imprecisas".
Por su parte, la titular de Medio Ambiente aseguró que "apoyamos y estamos plenamente de acuerdo con todos y cada uno de os fundamentos medioambientales base del tratado de Escazú, el problema es la forma en que quedó finalmente redactado que introduce incertidumbres que no son posibles de solucionar, ya que este tratado no admite ningún tipo de reserva".
El acuerdo de Escazú requiere la concurrencia de 11 países para entrar en vigencia y hasta ahora lo han ratificado nueve.
Documento
En el texto, elaborado por los ministerios de Relaciones Exteriores y Medio Ambiente se plantea que "desde un punto de vista técnico, el Acuerdo contiene normas que, conforme a su tenor literal, podrían ser eventualmente interpretadas como auto ejecutables, y otras que, pese a contemplar reenvíos a la legislación doméstica, generan o podrían generar debate sobre su aplicación en virtud del control de convencionalidad. En efecto la aplicación de los principios, definiciones y disposiciones generales del Acuerdo sumado a su carácter supra legal, abre una incertidumbre grave respecto a la normativa de fondo aplicable".
"Apoyamos y estamos plenamente de acuerdo con todos y cada uno de os fundamentos medioambientales base del tratado de Escazú, el problema es la forma en que quedó finalmente redactado que introduce incertidumbres que no son posibles de solucionar, ya que este tratado no admite ningún tipo de reserva".
Ministra Carolina Schmidt
"En ese sentido, el Gobierno de Chile considera inconveniente la suscripción del Acuerdo de Escazú, atendida la ambigüedad y amplitud de sus términos, su eventual autoejecutabilidad y la obligatoriedad de sus normas que prevalecerían por sobre la legislación medioambiental interna, todo lo cual generará una creciente judicialización de los procedimientos ambientales y, planteará un cuadro global de grave incertidumbre jurídica", complementa el escrito.
"Además, el acuerdo expone al país a demandas ante Tribunales Internacionales por problemas de interpretación de estas nuevas regulaciones. Finalmente, hay que agregar que el Tratado no admite reservas y que establece diversas obligaciones ambigüas para el Estado de muy compleja implementación", indica el texto.
Así, el Gobierno justificó su decisión de no suscribir el Acuerdo de Escazú en cuatro puntos: introduce una serie de principios no definidos que condicionarán nuestra legislación ambiental; podría implicar cambios inciertos en nuestra legislación, dada su autoejecutabilidad, generando incertidumbre jurídica; introduce obligaciones para el Estado ambiguas, amplias e indefinidas, que dificultan su cumplimiento y expone a Chile a controversias internacionales por la aplicación directa de sus normas y el carácter ambiguo de las mismas.