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Ministerio de Salud entregó este jueves, en un nuevo balance televisado, el detalle oficial de las restricciones que se incrementarán a raíz de la crítica situación que se vive en el país por la pandemia.
Las medidas anunciadas van en la línea de ampliar el horario de toque de queda (pasando desde las 22:00 a las 21:00 horas desde el lunes), cierre de fronteras, permisos de desplazamiento, modificación del concepto de "bien esencial de uso doméstico", y redefinición de "funcionario esencial", y modificación de aforos en cultos religiosos.
Todas las medidas comenzarán a regir a partir del día lunes 5 de abril, excepto la de aforos para cultos religiosos, que entra en vigencia desde mañana viernes 2 de abril.
En tanto, se anunció que el cordón sanitario dispuesto para hoy a las 17:00 horas, con motivo de este feriado de semana Santa, se adelanta a las 13.00 horas.
Revisa el detalle a continuación:
Cierre de fronteras
La subsecretaria de Prevención del Delito, Katherine Martorell, anunció las medidas respecto a las fronteras, las que comienzan a regir desde el próximo lunes 5 de abril.
-Se restringen los viajes al extranjero por todo el mes de abril tanto para ciudadanos chilenos como extranjeros residentes. Se podrá solicitar, en caso de situación extraordinaria, un permiso para salir a través de Comisaría virtual. Esto sólo puede ser solicitado si es fundamental para el país, por una medida humanitaria, porque sea esencial para la salud o porque la persona que sale no vuelve.
- Se prohíbe por 30 días el ingreso de extranjeros no residentes en el país, con excepción de aquellos que no se encuentran en la lista de países que la OMS ha declarado de transmisión comunitaria, "y siempre puede existir una excepción pero todos esos actos son fundados en los motivos antes dichos", dijo Martorell.
- En el caso de camiones que ingresan por frontera terrestre, esenciales para el abastecimiento: Se exigirá un PCR negativo de 72 horas de anticipación, y en las fronteras se realizarpan exámenes aleatorios de antígenos. "En caso de que eso no ocurra, la empresa deberá hacerse responsable de que alguien maneje el camión, y la persona covid positivo debe ir a residencia sanitaria".
Permisos de desplazamiento
Respecto a los permisos de desplazamiento, a partir del día lunes las personas sólo podrán usar 1 permisos el fin de semana, de los 2 semanales disponibles.
"Se limitan los permisos de desplazamiento individual. Eso significa que solo se puede utilizar en las comunas en cuarentena 1 permiso el fin de semana. Si usted utiliza los 2 durante la semana, no le quedarán para el fin de semana. Si no utiliza ninguno durante la semana, sólo tendrá uno para el fin de semana", dijo Martorell.
Modificación de "bien esencial de uso doméstico"
- Se modifica el concepto de "bien esencial de uso doméstico".
Desde ahora, para aquellas que están en fase 1 o fase 2, durante los fines de semana, se puede acceder a bienes imprescindibles para la subsistencia: medicamentos, alimentos, artículos de aseo e higiene personal.
A esto se suma, aquellos bienes esenciales "para el teletrabajo la educación a distancia, el funcionamiento, conservación y seguridad del inmueble".
- No se puede acceder por delivery a otro tipo de bien distinto a los entendidos como "esenciales".
-Se eliminan giros de manera temporal, por 15 días (medida que será revaluada), estos son: Venta al por menor de prendas y accesorios de vestir, calzados en comercio especializado, venta al por mayor de permumes, tocador, cosméticos, entre otros.
- Los supermercados no podrán vender elementos que no sean esenciales. Es decir: que no sean alimentos, medicamentos, artículos de aseo e higiene personal, o aquellos que sean indispensables para la conservación y funcionamiento del hogar.
- Comercios: En el caso de los malls, éstos se encuentran cerrados en cuarentena, pero sí pueden abrir para supermercados, farmacias y bancos, por ser giros esenciales.
- Todos ellos (Malls, bancos, supermercados y farmacias) deberán solicitar el permiso de desplazamiento general a las personas para poder ingresar, y las personas que tienen Permiso Único Colectivo (PUC), solo pueden ingresar solo cuando son mayoristas esenciales.
"Es decir, aquel almacenero que va a comprar al por mayor para luego vender en su almacén, va a poder ingresar con su permiso único colectivo. No existen otros permisos que no sean esenciales que sirvan para ir a comprar al supermercado o ingresar a un mall", dijo Martorell.
Redefinición de "funcionario esencial"
- Se limita y redefine lo que se entiende por
"funcionario esencial", tanto para el sector privado y público.
"Un funcionario esencial es aquel prestador de servicio o trabajador, de una institución pública o privada, que se desempeña en una actividad propia del giro, pero que realiza labores operativas, logísticas, productivas, de mantención de sistemas, seguridad, limpieza y sanitización", planteó la autoridad.
- Con lo anterior, "quedan expresamente fuera las personas que realizan labores: administrativas, contables, financieras, de asesoría y consultoría". Es decir, no se puede solicitar Permiso Único Colectivo para personas que cumplan estas funciones.
- Se incorpora al Permiso Único Colectivo, y será obligación de cada empresa: declarar cuántos trabajadores tienen y a cuántos de ellos le está solicitando PUC. También deberá declarar cuál es la labor que ellos realizan (si es operativa, logística o productiva). Si es administrativa, no se puede sacar este permiso.
Limitación aforos cultos religiosos
Desde mañana viernes 2 de abril, se modifica el aforo para cultos religiosos en fase 1, donde habrá un aforo máximo de 5 personas.