La comisión de Constitución del Senado solicitó un informe a la Universidad Católica del Norte sobre el proyecto de parlamentarios de oposición orientado a conceder indulto a los "presos de la revuelta".
El escrito señala que el "tenor del proyecto alude a la concesión de un indulto general. Sin embargo, un rasgo distintivo de este instituto es que estos solo pueden dictarse después del pronunciamiento de una sentencia de condena".
Asimismo asegura que "a diferencia de la amnistía, el indulto no quita el carácter de condenado, para lo cual se requiere, precisamente, de una sentencia condenatoria. Esta cuestión conceptual es desconocida por la referencia a los imputados/as".
Dado lo anterior, de dictarse un indulto general antes de la sentencia de término, "el legislador estaría ejerciendo de facto funciones judiciales", indica el informe firmado por el decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Católica del Norte, Humberto Carrasco.
Conoce más detalles en
"El Mercurio".