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Fundación Jaime Guzmán expone ante comisión de DD.HH. y advierte que Convención no puede regular negacionismo

Durante su exposición, los abogados de la entidad recordaron que el grupo de trabajo "excedería sus competencias" al intentar reglamentar la participación de ciertos grupos o instituciones.

23 de Agosto de 2021 | 18:53 | Por Felipe Vargas, Emol
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El equipo de la institución que fue a exponer este lunes en la sede del Congreso en Santiago.

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Superando la polémica que generó el intento de impedir su participación, la Fundación Jaime Guzmán expuso este lunes ante la subcomisión de Marco General de DD.HH., Ambientales y de la Naturaleza de la Convención, ocasión en la que aprovechó de recalcar que el órgano no puede regular el negacionismo en sus reglamentos internos.

Durante la exposición, la abogada Teresita Santa Cruz aprovechó la instancia para referirse al debate abierto en la comisión sobre el negacionismo y el derecho a la libertad de expresión, el cual recordó "está garantizado tanto a nivel nacional como internacional y con un profundo desarrollo a nivel de jurisprudencia".

En ese contexto, la jurista indicó que "nuestro ordenamiento constitucional regula la libertad de expresión, en los términos de garantizar la libertad de emitir opiniones e informar sin censura previa por cualquier forma o medio y sin perjuicio de responder por los delitos y abusos que se cometan en el ejercicio de este derecho".

"Esta es una norma de larga data en nuestra historia constitucional, que siempre ha contemplado el resguardo de esta libertad, la prohibición tajante de toda forma de censura previa y en tercer lugar el deber de responder por los abusos y delitos que se cometan en el ejercicio de este derecho", indicó.

Asimismo, destacó que "es necesario también tener presente que la libertad de emitir opiniones reviste siempre un carácter eminentemente subjetivo, quien emite una opinión emite un juicio de valor y no busca sentar verdades objetivas o hechos ciertos".

En su intervención, Santa Cruz subrayó que otro elemento que ha sido reconocido por el Tribunal Constitucional (TC) "es la prohibición expresa de toda forma de censura previa, entendiendo por tal todo impedimento o una amenaza de dicho impedimento que dificulte la posibilidad de exteriorizar estas opiniones o puntos de vista".

"Asimismo, el TC en su jurisprudencia ha desarrollado la importancia que tiene este derecho en lo que se conoce como el pluralismo y los presupuestos básicos de una sociedad democrática, ya que es por medio de las opiniones que se produce un sano debate entre distintos puntos de vista, lo que es esencial en el entendido de un debate democrático", recalcó.

Reserva legal

La representante de la fundación advirtió además que dicho derecho está protegido por pactos internacionales suscritos por Chile, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas, así como la Convención Americana de DD.HH. "Ambos reconocen la libertad de expresión", dijo.

En ese contexto, manifestó que "otro elemento esencial a tener en consideración es la reserva legal que reconoce nuestra Constitución y también los tratados internacionales sobre DD.HH. en todo aquello relativo a la regulación e incluso la limitación en aquellos casos que esté permitido de estos derechos".

"La reserva legal se refiere a que se le encomienda a los órganos colegisladores una competencia exclusiva para regular estas materias. Además de exigir que estas normas sean de jerarquía legal y no inferior, se exige que las leyes no afecten los derechos fundamentales en lo que se considera su núcleo esencial", aseveró.

Según la abogada, el TC "ha reconocido el carácter de reserva legal como un principio general y básico del derecho constitucional que busca impedir que mediante una norma administrativa o de inferior rango se afecte finalmente de forma discrecional un derecho fundamental o que este quede sometido a mayorías circunstanciales".

"Con respecto a la Convención y el debate que se ha dado respecto a las normas de negacionismo a nivel reglamentario, creo relevante recalcar una vez más la importancia de la reserva legal en estas materias. Es por esto que no nos parece jurídicamente adecuado que estas normas, sin existir la figura del negacionismo jurídicamente en nuestro ordenamiento, se estén reglamentando por vía de una norma de rango inferior al legal, que sería un reglamento para el funcionamiento interno de la comisión", enfatizó.

Finalmente, sostuvo que "esto excedería las competencias asignadas expresamente por la Constitución a la Convención, por cuanto esta no puede ejercer facultades que están encomendadas a otros órganos del Estado, que en este caso serían los colegisladores, además de contravenir el texto de los tratados internacionales citados".

Al culminar la exposición de la Fundación Jaime Guzmán, el cooordinador de la instancia, Juan José Marín, preguntó a los convencionales si existan preguntas o reacciones, ante lo cual no replicas ni interrupciones.
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