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Veredicto absolutorio para excabo Zamora: Los puntos clave del tribunal que marcaron el revés para la fiscal Chong

En la lectura del acta de la resolución, la jueza Patricia Bundl, apuntó a múltiples versiones en el juicio, "que ni siquiera los acusadores han podido precisar", y por tanto "no se hacen cargo de la acusación".

12 de Julio de 2024 | 22:02 | Redactado por Daniela Toro, Emol.
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Jueza del 4° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, Patricia Bundl.

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Por más de una hora se extendió la argumentación del 4° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago antes de dar a conocer que determinó, de manera unánime, absolver al excarabinero Sebastián Zamora del delito de homicidio frustrado que le imputó la fiscalía.

Y es que la magistrada, Patricia Bundl, leyó un acta de 19 puntos donde detalló las razones por las que no consideró acreditados los hechos de la imputación; esto es, se descartó que el ex funcionario policial haya tenido por objeto dar muerte al joven Anthony en esa jornada del 2 de octubre de 2022 al "lanzarlo" desde el Puente Pío Nono.

Entre ellos, se subrayaron "ambigüedades" en la acusación de la fiscalía, como que no acreditó qué heridas habrían causado la eventual muerte de Anthony que pudiera encuadrar el hecho en un homicidio frustrado.

La magistrada apuntó además a una "desorientación" en los alegatos finales, como las diferencias entre la eventualmente sería la muerte del joven, donde se mencionó tanto por caída o por inmersión.

Luego del veredicto, la fiscal Ximena Chong evitó dar declaraciones, no obstante, la fiscalía, de acuerdo a lo señalado por el vocero de la Fiscalía Regional Metropolitana Centro Norte, Rodrigo Barrera, no descartan presentar un recurso de nulidad.

Lesiones


Sobre los hechos, dijo que se pudo corroborar que Anthony quedó "con la cara hacia el agua" tras caer del puente, tal como se vio en videos y fotografías, lo que fue corroborado el enfermero que lo asistió y lo movió a la orilla del río, para luego ser rescatado por bomberos y trasladado a la Clínica Santa María.

En cuanto a la declaración del médico que trató al joven -Ricardo Álvarez-, la jueza dijo que "las lesiones sufridas consistieron en fracturas de ambas muñecas, luxofractura expuesta de la izquierda y no desplazada de mano derecha, de naturaleza grave. Un traumatismo encéfalo craneano con herida contusa frontal derecha, que requirió sutura, siendo leve la contusión hemorrágica occipital derecha, que no requería en ese momento más que observación (...)".

"Conviene en este punto, precisar que, de acuerdo a la acusación, no existe claridad en cuanto a cuáles serían las lesiones 'vitales', que de no haber mediado socorro oportuno, Anthony hubiera fallecido, que es lo que implicar estar en presencia de un homicidio frustrado", indicó la jueza.

Asimismo, advirtió que el doctor Álvarez declaró que Anthony "nunca estuvo en riesgo vital", lo que era contradictorio a lo planteado en el estrado durante el juicio oral.

"En dos oportunidades se señala que la víctima quedó boca abajo dentro de las aguas del río, pero no se precisa si fue ésta la situación, que de no haber mediado socorro oportuno, Anthony habría fallecido, siendo entonces ambigüa la acusación en atribuir el resultado posiblemente mortal, a una que otra lesión".

A ello, se suma la "desorientación" que advirtió en tribunal en los alegatos finales, "dado que el Ministerio Público vinculó la mortalidad posible de las lesiones a la celebral (...) mientras que posteriormente, en su mismo alegato, afirmó que la víctima pudo haber muerto por inmersión. En tanto, la Defensoría de la Niñez recalcó la caída en altura, además de las otras lesiones".

De la imputación y redacción de la acusación


Respecto a las pruebas de la imputación que presentó la fiscalía, la magistrada indicó que la acción constitutiva de delito que se le irroga al acusado es: "se abalanza en diagonal contra el adolescente, tomándolo con sus brazos, e impulsándolo de tal forma, que lo eleva sobre la baranda en cuestión, y lo hace caer de cabeza hacia el río Mapocho".

Sobre aquello, Bundl señaló que "llama la atención de estos jueces que ninguno de estos intervinentes, particularmente el Ministerio Público, se detuvo en sus alegatos de cierre a reflexionar sobre las acciones que conforman la imputación, ya que en términos generales se refirieron a 'colisión', 'acometer', 'maniobra', 'arremeter', 'posicionar las manos sobre la víctima', y 'a propósito de ello, caer', en circunstancias que Zamora fue acusado por acciones concretas, que son las que provocaron que Anthony cayera al río y que no pueden entenderse comprendidos en conceptos tan generales como los indicados".

En ese sentido, la jueza explicó que en base a la forma en que se redactó la acusación, "no es posible desmembrar las acciones descritas en ella, separarlas o elegir solo algunas de ellas para así por dar por acreditada una u otra y de esa forma, satisfacer la pretensión acusadora".

En ese sentido, y al tomar en cuenta la declaración de "Anthony", la magistrada indicó que fue "confusa", y que aunque se consideraron versiones de testigos, como su madre -que declaró que el excabo lo afirmó y lanzó al río-, la jueza hizo énfasis en que en el relato del afectado, eso no se mencionó, sino que "circunscribió el empujón a un solo lado de su cuerpo y en momento alguno indicó que fue levantado por el acusado, y menos con la intención de tirarlo".

Respecto de las declaraciones de funcionarios que estuvieron en el piquete de ese día, el tribunal recordó que se habló de "colisión" entre el acusado y Anthony, mientras otras versiones apuntarían a la intención de Zamora de "detener" al joven. "Sin que hayan sostenido haber observado que Zamora tomó con los brazos a Anthony y lo precipitó por la baranda", dijo la jueza.

Versiones de testigos y cuestionamientos por el "dolo"


En cuanto a las declaraciones de civiles que actuaron como testigos en el juicio, el tribunal detalló que "no existe claridad ni armonía entre ellos de lo que reportaron haber visto para pedir que Bomberos concurriera al lugar, existiendo versiones que van desde que el propio Anthony se lanzó al río, hasta que fue arrojado por Carabineros".

"No habiendo contado de ninguno de estos civiles, con salvedad del suboficial Concha, que además de no ser civil, sí reconoció esta llamada en estrado, no es posible conocer lo que con precisión estas personas vieron, pero sí puede concluirse que no fue lo mismo", dijo la jueza.

"El que al acusado haya dicho 'lo maté, 'lo maté', apenas Anhony cayó al río, puesto que, además de poder circunscribir tal expresión a un momento de bastante conmoción, lo más importante es que esta 'especie' de confesión no puede bastarse a sí misma para acreditar la imputación en un sistema como el nuestro.

Jueza Patricia Bundl
También se precisó que sólo una testigo civil por parte de la Brigada de Derechos Humanos, dijo que "Zamora tomó de los pies a Anthony y lo lanzó al río, siendo la única que narra los hechos de esta forma, ya que ni siquiera Anthony lo explica de esta manera", no obstante, la versión "no fue después recogida en la acusación".

Respecto al video que grabó un civil y que fue presentado en el juicio, la jueza dijo que "sólo puede observarse al carabinero acercarse en diagonal a Anthony, momento en que Zamora extiende sus brazos hacia adelante, teniendo su brazo derecho extendido casi en totalidad y el izquierdo, flectado hacia arriba, quedando tapada la acción misma del contacto entre ambos, por un poste del alumbrado eléctrico. Luego se ve que Anthony cae al río, no logrando el tribunal apreciar lo realmente sucedido".

"Ningún funcionario de la Brigada de Derechos humanos pudo sostener que el acusado ejecutó las acciones descritas en la acusación. Esto no es menor para el tribunal, desde que la Brigada se hizo cargo desde la investigación de un principio, y además se constituyó como organismo independiente de Carabineros y especializado en la materia", afirmó la jueza.

Bundl dijo además que "nadie puede ser condenado como autor de homicidio frustrado por haber tenido interacción con la víctima", asimismo, cuestionó las distintas versiones en torno al presunto "dolo" homicida con el que habría actuado Zamora.

En esa línea, añadió que "son tantas las versiones que se han conocido en el juicio sobre lo ocurrido, que ni siquiera los acusadores en alegatos de clausura han podido precisarlas, limitándose a usar conceptos generales, con lo cual, no se hacen cargo de la acusación que ellos mismos sometieron al conocimiento de este tribunal".

Asimismo, sostuvo que para el tribunal no fue determinante para tener por probado el hecho, "el que al acusado haya dicho 'lo maté, 'lo maté', apenas Anhony cayó al río, puesto que, además de poder circunscribir tal expresión a un momento de bastante conmoción, lo más importante es que esta 'especie' de confesión no puede bastarse a sí misma para acreditar la imputación en un sistema como el nuestro".
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