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"Desafortunada en extremo": Las implicancias de la frase de Boric sobre Hermosilla y la separación constitucional de su rol

Expertos ponderan los efectos de los dichos del Mandatario respecto al caso Audio, luego que ayer valorara "que los que se creían poderosos vayan también a la cárcel". La defensa de Hermosilla, anunció un recurso de amparo.

28 de Agosto de 2024 | 12:00 | Redactado por Daniela Toro, Emol.
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Presidente Gabriel Boric.

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Sin que le preguntaran directamente, ayer, el Presidente Gabriel Boric ocupó algunos minutos de la ceremonia de conmemoración del Día de la Educación Técnico Profesional para abordar el caso Audios, en concreto, la prisión preventiva de Luis Hermosilla que ordenó el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago.

"Permítanme decir una pequeña cosita de contingencia antes de partir con lo que nos convoca (...) acaban de enviar a la cárcel, a prisión preventiva, a un señor que se creía todopoderoso, al señor Hermosilla", dijo el Mandatario en su alocución.

Y añadió: "Acá no pueden haber ciudadanos de primera y segunda clase. La justicia y la ley tienen que ser igual para todos. Por eso, qué bueno que los que se creían poderosos vayan también a la cárcel".

Bastaron horas para que la defensa de Luis Hermosilla, su hermano Juan Pablo, reaccionara a los dichos. Esta mañana, en conversación Radio Infinita sostuvo que en esta etapa procesal "no hay nada acreditado" y que "la ministra del Interior, de hecho, el propio Presidente de la República, lo tratan como si fuera el juicio; emiten opiniones definitivas, que están acreditadas cosas, y eso no es efectivo".

Asimismo, afirmó que "el Presidente de la República hace una cosa que está prohibida por la Constitución, no puede interferir en los procesos judiciales, menos cuando la propia jueza dijo ayer que no hay opiniones definitivas, que sigue rigiendo el principio de inocencia y que todavía no hay una condena". En esa línea, dijo Hermosilla, que "ayer lo que pasó, con la intervención política del Gobierno, es extremadamente grave".

Con todo, anunció que "vamos a ejercer nuestras acciones legales contra el Gobierno para evitar que se politice el caso, un recurso de amparo".

Declaración "desafortunada en extremo"


En conversación con Emol, abogados constitucionalistas y penalistas dan cuenta de las implicancias en torno a la frase del Presidente Gabriel Boric, en cuanto a su rol como Mandatario en medio de un caso que aún no finaliza desde el punto de vista procesal. Además, ponderan la plausibilidad del recurso de amparo anunciado por Juan Pablo Hermosilla.

"(La frase) fue desafortunada, porque da por condenado al señor Hermosilla, y creo que el Presidente (...) tiene claro que la presunción de inocencia continúa vigente. El Presidente no debería comentar en esta fase; una vez que hay condena, ahí desaparece la presunción de inocencia".

Javier Couso, abogado constitucionalista UDP
Cristián Riego, abogado penalista de la UDP, señala que "la frase del presidente parece un error porque no debiera meterse con decisiones de la justicia, pero no me parece que sea susceptible de ningún recurso porque es solo un comentario".

Javier Couso, abogado constitucionalista y académico de la UDP, comenta que la frase del Presidente Boric "fue desafortunada, porque da por condenado al señor Hermosilla, y creo que el Presidente, que ha mostrado un apego a las normas jurídicas poco común a la izquierda latinoamericana, particularmente con el caso venezolano y su defensa a los derechos humanos, tiene claro que la presunción de inocencia continúa vigente. El Presidente no debería comentar en esta fase; una vez que hay condena, ahí desaparece la presunción de inocencia".

De todas formas, sobre el recurso anunciado, Couso plantea que no lo ve plausible, pues si bien la frase del Presidente es desafortunada, "no llega a alcanzar el nivel de ilegalidad o inconstitucionalidad".

Mirada constitucional al rol del Presidente


Por su parte, Alan Bronfman, abogado constitucionalista de la PUCV, comenta que "la frase es desafortunada en extremo. La prisión preventiva no tiene un fin punitivo, sino que asegurar al ofendido o la sociedad, o bien, como medida necesaria para la investigación".

En esa línea, remarca que el art. 76 de la Constitución dice que el Presidente no puede en caso alguno ejercer funciones judiciales, avocarse causas pendientes, revisar los fundamentos o contenido de las resoluciones de los tribunales establecidos por la ley. Conocer, resolver y juzgar es una facultad exclusiva de dichos tribunales.

"Por supuesto que el Presidente no está resolviendo el asunto, pero ¿y si el tribunal entiende, en definitiva, que no hay ninguna responsabilidad penal concernida, es libre para hacerlo? Ya hay una manifestación el Presidente en sentido contrario", acota.

En la misma línea, el Alejandro Leiva, abogado penalista de la U. Finis Terrae, citando también el artículo 76 de la Constitución, señala que "por supuesto que fue un error, no puede el Presidente pronunciarse acerca de causas pendientes en virtud del ejercicio de su cargo. Boric no deja de ser Presidente cuando opina en estas materias, no es un ciudadano común opinando".

Respecto al recurso de amparo de Hermosilla, "sospecho que lo que quiere hacer es presentarlo ante la Corte de Apelaciones de Santiago, en virtud de que su representado no está cumpliendo la medida cautelar en la cárcel que se esperaba, en Capitán Yáber".
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